Aplicación de la regla de prorrata en el IVA
Estoy dado de alta en dos actividades económicas, en una tributo por Módulos IAE 692, y en otra tributo por Recargo de Equivalencia IAE 652.2. Me han comentado algo de la Regla de Prorrata que hay que aplicar cuando se ejercen dos actividades distintas, ¿sería mi caso? Yo creo que no, porque mis dos actividades están sujetas a IVA, aunque son regímenes distintos. Me pueden aclarar el caso.
Respuesta de Joaquin Calvo
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