Necesidad de darse de alta en IAE

He consultado en Hacienda y me dicen que debería darme de alta en IAE dado que, además de mi trabajo habitual, ocasionalmente colaboro como docente en un programa universitario. La secretaría de esa universidad me señala que no va a haber cobro del IVA, y que actúo como formador por medios propios, y que "emitiré" dos facturas al año sin IVA y con la retención del IRPF. Así que Hacienda me dice que me dé de alta en IAE con el 037, y que cuando acabe la colaboración, me dé de baja. Me dicen que no tengo que hacer nada más, ni declaración del IVA, ni modelo 130 ni ningún otro procedimiento. Darme de alta y darme de baja. Sólo incluir en la Renta del año próximo en el apartado de Actividades Económica los ingresos y las retenciones. ¿Es correcto? En ese caso no veo para qué me tengo que dar de alta si no es simplemente a título informativo, porque si no tengo que hacer ninguna declaración especial ni señalar mi factura en ningún lugar diferente de la declaración de la Renta del año próximo.
Gracias

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Lo que te han dicho en hacienda y lo que te ha contado la secretaria de la universidad son dos cosas distintas y con distinto tratamiento fiscal

1. La secretaria te ha dicho emitir un recibo con retención que ellos te practican y ingresan a cuenta de tu declaración de la renta; al final del año, tu declaras como rendimiento de trabajo el dinero obtenido, ya que la colaboración que prestas deriva de una titulación que tengas

2. En hacienda te han dicho que te des de alta como profesional (no tienes que presentar impuestos trimestrales ya que tu actividad va sin IVA - enseñanza y dado que te practicarán retención en todas las facturas no tendrás obligación de presentar el mod. 130), pero esto implica alta en la Seguridad Social en el RETA. Estos rendimientos se incluyen en el apartado de actividades económicas

Estrictamente hablando la segunda opción es la correcta, pero hay mucha gente que esta funcionando con la primera durante años.

Espero haber aclarado tus duda.

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