¿Cómo tributa una indemnización de trabajador autónomo en acuerdo extrajudicial?
He trabajado más de 6 años como autónomo en una empresa. Suponía la mayoría de mis ingresos, aunque no formalizamos ningún contrato de Trabajador Autónomo Dependiente.
El pasado abril de 2013 me despidieron. Interpuse demanda ante el juzgado y en diciembre de 2013 firmamos un acuerdo mediante el cual se daba por finalizada la relación y como consecuencia de la extinción de la relación mercantil, se acuerda el abono de una "indemnización por daños y perjuicios y por cualquier clase de concepto fruto de la relación extinguida, incluidos daños morales".
Esta indemnización se acuerda pagarla el día 7 de enero de 2014.
En el acuerdo se determina que dicha extinción me obliga a cesar en mi actividad económica, cosa que haré en breve. No había tramitado antes la baja de IAE por esperar a si la relación laboral era reconocida, había readmisión, etc. Tengo otras actividades pero son residuales.
La pregunta es si tengo que declarar esta indemnización. Si la tengo que declarar, si es como ingresos de la actividad, y en ese caso, si puedo deducirme algún porcentaje.
También he leído algo de incremento patrimonial... No se es factible.