Debo pagar el iva ¿Por una adquisición intracomunitaria de servicios? Cuando no presento m303.

Soy un centro de enseñanza exento de iva, no presento m 303, he contratado un servicio con google irlanda por aprox 2000 euros y en la factura indica que debo pagar el iva por el art 196...

¿Es verdad que debo pagar ese iva?, ¿En qué modelo?, me tengo que dar de alta en el ROI.

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El artículo 196 de la Directiva del Consejo 2006/112/CE textualmente dice

«Artículo 196
Serán deudores del IVA los sujetos pasivos o las personas jurídicas que no tengan la condición de sujeto pasivo identificados a efectos del IVA y sean destinatarios de los servicios a que se refiere el artículo 44, cuando el servicio sea prestado por un sujeto pasivo que no esté establecido en el territorio de ese Estado miembro.».

Artículo 44
El lugar de prestación de servicios a un sujeto pasivo que actúe como tal será el lugar en el que este tenga la sede de su actividad económica. No obstante, si dichos servicios se
Prestan a un establecimiento permanente del sujeto pasivo que esté situado en un lugar distinto de aquel en el que tenga la sede de su actividad económica, el lugar de prestación de dichos servicios será el lugar en el que esté situado ese establecimiento permanente. En defecto de tal sede de actividad económica o establecimiento permanente, el lugar de prestación de los servicios será el lugar en el que el sujeto pasivo al que se presten tales servicios tenga su domicilio o residencia habitual.

Eso quiere decir que si se recibe una factura de este tipo la empresa destinaría del servicio se autorepercute el IVA.

El asiento que hace es

627 2.000 euros

472 420 euros

410 2000 euros

477 420 euro

Al final el efecto impositivo es 0 ya que el IVA repercutido se anula con el IVA soportado. No tienes que ingresar ningún importe por IVA.

Tienes la obligación de darte de alta en el Registro de operadores Intracomunitarios y presentar el mod. 349 donde se declaran las facturas intracomunitarias recibidas. Es un modelo meramente informativo.

Espero haber aclarado tus dudas.

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Muchísimas gracias y la verdad es de gran utilidad el servicio que prestan, ojala la agencia tributaria aprendiera a proporcionar este servicio.

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