Sanción tributaria

Tengo un pequeño comercio y estoy acogido al régimen de estimación directa simplificada. El primer año y por no cumplimentar el modelo 347, tuve una sanción tributaria. Pregunto si este importe se deduce de los beneficios, si es así en que cuenta debo meterlo.
Gracias.

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Las sanciones no son gastos fiscalmente deducibles. Para más información, póngase en contacto con nosotros, saludos,
www.asesorum.es/fiscal
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