Pagos a blogueros por promoción

Soy autónomo y estoy barajando la posibilidad de pagar a personas que
tienen un blog o una página web a cambio de que promocionen mi negocio
(Banner publicitario, artículo acerca de nuestros servicios, etc...).

El problema es que esas personas no suelen ser ni autónomos ni empresas,
sino simplemente particulares que tienen el blog como un hobby, así que
no emiten facturas. Entonces, a nivel fiscal-contable ¿podría justificar
el pago que les hago? ¿Sería legal pagarles sin más y que luego ellos
declaren ante hacienda lo que consideren oportuno? ¿Es necesario que les
haga alguna retención por IRPF o algo así?

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Respuesta
1

Lo que podrían hacerte es recibo de colaborador (sin IVA y con una retención del 21%). Tu ingresarías la retención en hacienda y ellos declararían estos ingresos en la declaración de la renta asimilándolos a rendimientos de trabajo.

No es lo mas correcto, pero es la única formula que yo veo para evitar el pago en B.

Este tipo de recibos se emiten en colaboraciones esporádicas que no se pueden considerar como fuente de ingresos principales para la persona que los emite. Las colaboraciones no deben ser habituales.

Espero haber aclarado tus dudas.

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