Compras fuera de la Union Europea

Que documento justificativo se requiere cuando se realiza una compra de servicios
electrónicos (no hay por medio bienes físicos) fuera de la UE, por ejemplo Estados
Unidos, para poder meterlo como gasto de un autónomo en el IRPF. En las compras
que se han realizado en este país, en ningún momento se nos ha hablado de
facturas o similar, y solo en un sitio nos han dado acceso a una especie de albarán
que la mayor información que trae sobre la empresa es un "code", pero no figura ni
su nombre, ni nada por el estilo.
Esto nos hace pensar que el sistema de "facturacion" es totalmente distinto y que
los documentos con los que ellos trabajan tienen otras exigencias muy distintas a
las españolas. ¿Es válido adjuntar algún tipo de justificante bancario para suplir la
falta de factura tal y como se conoce en España, donde si figure al menos el
nombre de la empresa (por ejemplo, extracto de la mastercard?).
Nos hemos dirigido a Hacienda, pero al oír que las compras eran relativas a
servicios internet, primero nos enviaban a propiedad intelectual, y después nos han
comentado que para justificarlo debemos hacer una autofactura de IVA, les hemos
preguntado si el IVA no funciona solo en la UE, y nos han dicho que no, que es para
todos los países, lo cual nos ha resultado bastante extraño porque es la primera
vez que lo oímos y ademas no sabemos que tiene que ver en este caso lo que
seria un hipotético IVA con lo que necesitamos que es un conocer que documento
podría ser válido para justificar este gasto ante hacienda.
Respuesta
1
Hace tan solo cuatro días pagué con un cargo de visa la renovación de mi DOMINIO a una empresa de USA, por espacio de dos años, 70 $.
Les solicité por mail a la empresa americana la facutra y me han mandado la INVOICE así se llama, numerada, y con la explicación en perfecto ingles de los servicios contratados y pagados, forma de pago, etc. En otros casos he pedido una QUOTATION y un BUDGET (PRESUPUESTO Y VALORACIÓN).
A ello he adjuntado el justificante del banco con el pago visa y está perfectamente documentado, está exento de IVA.
Si a usted no se lo han enviado, reclámelo, ya que en caso contrario Hacienda se lo retirará en la Inspección fiscal.
A su disposición. Le ruego que cieere la pregunta aplicando una puntuación.

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