Contrato mercantil

Hola, tengo una duda que me preocupa. Estoy trabajando en una empresa con contrato laboral, y acacbo de empezar a dar clases particulares a través de una academia que me ha hecho un contrato mercantil. No va a ser un trabajo habitual ya que sólo daré clases de forma esporádica, pero no se si es necesario darme de alta como autónoma porque en la nómina no me descuentan retención de IRPF y no se si existe un mínimo para declarar este tipo de actividades. Gracias!

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En principio un contrato mercantil se hace entre dos empresas por lo que para poder dar esas clases se entiende que deberías darte de alta como autónomo y en el Impuesto de Actividades Económicas correspondiente.
Eso te supondría tener que llevar una contabilidad y pagar en el IRPF por los ingresos que tuvieras.
No existe un mínimo de ingresos para tener obligación de darse de alta, lo que piden tanto la Seguridad Social como Hacienda es que la actividad sea habitual. Lo que sí existe es un mínimo para la declaración pero si estás trabajando a la vez por cuenta ajena lo superarás sin duda alguna.
En tu caso concreto podría haber otra solución sin tener que darte de alta como autónoma ni tantas complicaciones.
Una persona siempre puede dar una charla, una conferencia,... sin tener que ser autónoma siempre que se trate de una actividad esporádica. En este caso esos ingresos tienen la consideración de Rendimientos de Trabajo Personal y están sujetos a retención.
Yo me acogería a esta opción siempre que la actividad fuera esporádica y tributaría por estos ingresos como trabajo personal.
En cuanto a la retención, la empresa pagadora tiene la obligación de retenerte ya seas autónoma ya sea como trabajo personal.

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