Notarías

Tengo interés en saber si las notarías tienen que dar las escrituras en un tiempo determinado, o por el contrario pueden tardar lo que quieran sin que podamos exigirles.
Gracias.

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No se establece un tiempo definido, sim embargo el tiempo prudencial es de máximo 8 días después de celebrado el acto. Esto va a depender del acto mismo, tienes que tomar en cuenta que existen escrituras que son complejas y que conllevan la realización de algunos trámites adicioneles que en ocasiones se escapan de las manos del notario. Por otro lado si la demora la consideras injustificadas puedes recurrir a la oficina de registro y control de notario para interponer una queja, con esto seguro te la da rapidito. Ahí me cuentas como termina todo... Saludes.
Ha sido anunciar una queja y ya tengo la escritura para mañana...
Y es que hay que ir siempre con el "bolígrafo preparado" pero sin "meter la pata", que es lo que no he hecho gracias al consejo, que solicité y tan gentilmente me has dado.
Saludos.

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