Ayuda sobre Cargas Registro de la Propiedad

Me acabo de comprar un piso de 2ª mano a través de inmobiliaria y en todo momento me han dicho que no tenía cargas pero al recoger las escrituras en la Nota Simple que se adjunta sobre la vivienda figura lo siguiente respecto a las cargas y la verdad es que no entiendo nada y no se si me han engañado y la vivienda si tiene cargas y me voy a tener que hacer cargo de ellas. En la Nota Simple pone lo siguiente:
Cargas de la finca
SUJETA por razón de su procedencia al Régimen de la Propiedad Horizontal de que forma parte y a sus estipulaciones, cargas y afecciones.
HIPOTECA a favor de XXXX (100%) para responder de 27045.54 euros de principal, de 13252.32 euros de intereses ordinarios, de 3313.08 euros de intereses de demora de 6761.39 euros de costas y gastos; HIPOTECADA en virtud de escritura otorgada en XXXX ante el NOTARIO XXXX el día 26/03/1996, que causó la inscripción 7, con fecha 28/05/1996; PLAZO: DOCE AÑOS contados a partir del día 28 de Mayo de 1996.
MODIFICADA LA HIPOTECA a favor de XXXX (100%) inscrita por la 6, en virtud de escritura otorgada en XXXX el día 20/01/1998 ante el notario XXXX que causó la inscripción 8 con fecha 25/10/99 en cuanto a las condiciones del tipo de interés del préstamo y el plazo de amortización del mismo, se fija en quince años contados a partir del día 25 de octubre de 1999, todo ello sin que afecte a la responsabilidad hipotecaria de la finca y BAJO CONDICIÓN SUSPENSIVA. Dicha escritura fue subsanada por otra otorgada en el mismo lugar el día 8 de Julio de 1999 ante el notario XXXX.
Por nota al margen consta el incumplimiento de las obligaciones que, respecto a la correcta acreditación de la referencia catastral, establece el Real Decreto Legislativo 1/2004 de 5 de Marzo.
Afecciones fiscales: las que resultan de las notas extendidas al margen de las inscripciones y/o anotaciones 9, al amparo de los artículos 100 y 122 de los Reglamentos de los Impuestos sobre sucesiones y Donaciones y sobre transmisiones patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados aprobados por Reales Decretos 1626/91 de 8 de Noviembre y 828/95 de 29 de mayo respectivamente.

2 Respuestas

Respuesta
1
El único problema es la hipoteca, lo demás, no tiene importancia. Parece ser que la vivienda está gravada con una hipoteca, pero ten en cuenta que tal vez, no quiere decir que tengas que pagar esa hipoteca.
Antes que nada infórmate en el Banco si esa hipoteca está pagada, porque la inscripción en el Registro no es obligatorio, y puede ser que la hipoteca está pagada pendiente de cancelación registral.
Respuesta
1
Pues la finca sí que tiene cargas, que es la hipoteca de 27.000 euros.
También cabe la posibilidad de que la hipoteca esté pagada y no se haya procedido a su cancelación en el Registro (eso a veces pasa). En cualquier caso, sí que tiene cargas.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas