Quién hace un acta notarial de perdida de libros, el notario? O se lleva redactada

Hemos perdido los libros de socios y de actas y he leído que debo ir al registro con un acta notarial de extravío para que legalicen uno nuevo. Ahora bien, acudo al notario pero me dice que no sabe nada de acta de extravío, mi pregusta es: Es el Notario quien me debe redactar un acta de extravío de libros o se la debo de proporcionar ya redactada y simplemente que me la firme.

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Yo he visto a menudo ese tipo de actas. Realmente es un acta de manifestaciones, en la que usted, como representante de la mercantil, manifiesta ante el Notario haber extraviado los libros. No tiene más secreto, se lo aseguro.

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