1.- No entiendo, en principio, a que se puede referir, con lo de Actas Firmadas e incorporadas al Libro de Actas.
2.- Las Actas hay que redactarlas, precisamente, en el Libro de Actas, que para eso está.
3.- Una vez redactadas han de firmarse, normalmente es suficiente con la firma del Secretario, con el Visto Bueno, del Presidente, de la Comunidad.
4.- Últimamente, se está tomando la costumbre de redactar las Actas, con un programa de Tratamiento de textos, cualquiera y se pegan (con pegamento) en el Libro de Actas, si este esta diligenciado, con el formato de "libro". Está cada vez mas extendido la costumbre de diligenciar un Libro de Actas, de Hojas Cambiables, para imprimir, en ellas, el Acta hecha con el tratamiento de Textos (en este caso hay que tener mucho cuidado el que no falte ningún número de hoja o que exista una que no esté diligenciada).
4.- De cualquier manera las firmas de las Actas han de ser originales.
Espero haber resuelto su duda.
Saludos
Pedro