Empresa textil se dedica a construcción

Buenos días,

Mi consulta es saber si una empresa que esta dada de alta tiene como actividad Industria Textil puede tener como objeto social dedicarse a la construcción.

Esta empresa esta dada de alta como industria textil pero se dedica a la construcción.

Muchas Gracias

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Los estatutos de cualquier sociedad deben tener contemplado su objeto social, que normalmente contempla la actividad económica principal, la secundaria y, en algunos casos, otras actividades. Pero aunque la actividad de construcción no aparezca en el objeto social de los Estatutos, no significa que la empresa no pueda ejercerla ni que su ejercicio sea ilegal o que no se pueda contratar con ella. Se trata de un simple desajuste que, a lo sumo, podrá constituir una infracción administrativa (aunque no conozco que se haya sancionado a ninguna empresa por este motivo).

Una excepción lo constituye el ejercicio de aquellas actividades en las que la Ley, de forma expresa, exija a la sociedad que esté específicamente contemplada en los estatutos, pero no creo que ni la textil ni la construcción esté en esos supuestos excepcionales.

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