Estoy interesado en montar una comunidad de bienes dedicada al transporte con un compañero, ninguno de los dos tenemos la capacitación, según tengo entendido un autónomo debe aportarla el mismo, pero en el caso de comunidades de bienes no se quien debe aportarla. ¿Se podría alquilar a alguien que la tenga? Y en este caso, ¿qué deberíamos hacer?
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Respuesta de bastidatran
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bastidatran, 6 AÑOS DE EXPERIENCIA COMO MILITAR ESPECIALISTA EN LOGÍSTICA...
Lamento tener que comunicarte malas noticias, pero según la ORDEN FOM/734/2007 y su modificación 2185/2008. en su artículo 10. "Requisitos que tienen que cumplir los titulares de las autorizaciones", expone: a) Ser persona física, no pudiendo otorgarse una autorización de forma conjunta a más de una persona ni a comunidades de bienes, o persona jurídica, debiendo revestir en este caso la forma de sociedad mercantil, sociedad laboral, o cooperativa de trabajo asociado. Lo que quiere decir este artículo es que la autorización administrativa que necesitas para poder ser transportista se otorga únicamente a personas físicas (autónomos), sociedades mercantiles ( SA o SL), sociedades laborales ( parecidas a las anteriores pero con la mayor parte del capital en manos de los trabajadores) o cooperativas de trabajo asociado ( esta última resulta muy interesante de cara al transporte, precisamente por el tema de las copias certificadas de las autorizaciones). En ningún caso se otorgan autorizaciones a comunidades de bienes. Deberías plantearte la forma jurídica de la sociedad que quieres montar. Puesto que una comunidad de bienes no es factible. A partir de ese momento podríamos hablar de los requisitos de capacitación profesional, honorabilidad y capacidad económica. Estoy a tu disposición.
¿Y si Constituimos una S.L. la capacitación sí la podemos alquilar no? ¿Qué requisitos y como sería la forma más apropiada para hacerlo? Gracias
Lo que coloquialmente la gente llama alquilar, no es ni más ni menos que dar de alta como directivo en la sociedad a alguien que aporte la capacitación profesional a cambio de una retribución. Para que una persona pueda aportar la mencionada capacitación debe cumplir 3 requisitos: Tener conferidos poderes de representación de la empresa en sus actividades ordinarias (poderes ante notario) Tener disposición de fondos de las principales cuentas de la empresa (solidaria o mancomunadamente) Estar dado de alta en la seguridad social como personal directivo, o bien disponer de un mínimo del 15% de las participaciones sociales. En resumen, sí que se podría hacer, es la forma más sencilla de poder conseguir la capacitación, sin tener que pasar por el examen. Estoy seguro de que hay mucha gente que tiene la capacitación y que está dispuesta a aportarla. En internet hay foros de este tipo, gente que quiere comprar y vender autorizaciones, que ofrece la capacitación y que la busca.
Muy buena respuesta. Ahora bien en cuanto a los dos primeros requisitos creo que son de una responsabilidad mayor, como se puede hacer para que la persona a la que se le "alquile" la capacitación no tenga estas responsabilidades. ¿Mediante alguna clausula incluida en el contrato de directivo podría ser? Muchas gracias.un saludo
Tuve una pregunta muy parecida a la tuya la semana pasada y lo cierto es que en estos casos recomiendo que hables con un experto en derecho laboral. No es que yo no quiera responderte a esta pregunta, simplemente es que una persona que trabaja con contratos laborales en su día a día te va a proporcionar una respuesta más satisfactoria que la que te podría proporcionar un experto en logística y transportes. En principio se podría incluir alguna clausula de este tipo en el contrato para que la persona que aporta la capacitación no incurra en responsabilidad alguna, pero el formulario de la misma lo desconozco. Ahora bien, los poderes de representación y la disposición de fondos es necesario, sin ello no puede aportar la capacitación. Aunque se puede arreglar para que sea de forma mancomunada, es decir, que sea necesario la firma suya y la tuya. La suya solo no valdría para nada sin la tuya, de esta forma te cubres las espaldas, sobre todo en el tema de las cuentas bancarias.
- Anónimoahora mismo
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