El año pasado en el mod 200, el resultado fue de -1466.98 antes del impuesto y el la casilla sobre el impuesto sobre beneficio se puso 366,75 (25%) hasta ahí correcto... Este documento estaba hecho ya, llevo muy poco tiempo en la empresa... ¿tengo qué hacer algún asiento? Yo entiendo que hay perdida y que no se pago nada ¿es correcto? Esté año me da 2067,69 en positivo resultado antes del impuesto... Estoy un poco perdido ya que es mi primer año... Me sería de gran utilidad que me comentarais los asiento que tengo que hacer...
Respuesta de marmonangel
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marmonangel, Experiencia de más de 10 años en contabilidad y gestión de...
Por lo que me dices supongo que en el ejercicio pasado se declararon 1.466,98 de pérdidas. ¿No es cierto?. Si fuera así, hay dos formas de contabilizar esas pérdidas. Una es creando un "crédito fiscal", es decir contabilizar el impuesto a "compensar" en ejercicios futuros cuando haya beneficios. Se contabiliza al Debe de la cuenta 4745 por el haber de la 6301 por el importe del impuesto a compensar (en este caso el 25% talcomo dices). La otra forma es no contabilizar el impuesto y dejar las pérdidas en la cuenta 121 hasta que en algún ejercicio se compensen con beneficios y declarar entonces el impuesto que habrá que pagar por la diferencia. Tanto en un caso como en otro, el asiento se debería haber hecho con fecha 31/12 del ejercicio pasado, con lo cual a estas alturas sabrías con qué opción se optó en su día. Este año si hay beneficios debes proceder según lo que se hizo el año pasado: Si se contabilizó el crédito fiscal, tendrás calcular el importe del impuesto de este año a partir de los 2.067,69 de beneficios que te da este año y contabilizar el impuesto al haber de la cuenta 4745. Como seguramente te dará más beneficios, la diferencia la contabilizarás al haber de la 4752 que será el importe que se pagará el 25/07/2011 por impuesto de sociedades. Si no se contabilizó el crédito fiscal, (cosa que no creo por lo que me dices), para calcular el impuesto se descontarán de los 2.67,69 de beneficios de este año los 1.466,98 de pérdidas del año pasado contabilizadas en la cuenta 121, y a la diferencia aplicarle el porcentaje correspondiente del impuesto y contabilizarlo al debe de la 630 por e haber de la 4752. En principio, tanto una modalidad como otra te deben dar el mismo resultado. La diferencia principal estriba en que si un año el impuesto baja su porcentaje, será mejor para la empresa la segunda opción, y al revés.
Hola buenas tardes, todo lo que me has dicho lo he entendido perfectamente y muy bien explicado, muchas gracias de ante mano. Pero como le he comentado, el años pasado no estaba y me doy cuenta de que no aparece la cuenta 121 en cambio aparece en la 129 del asiento de apertura del años anterior la cantidad de 1466,98 en el debe del 2010. ¿Cómo debo actuar ante esto? ¿Hago el asiento al 1 de enero del 2010? Un saludo y gracias.
Si ese saldo está aún en la cuenta 129 tal como me indicas, el asiento que debes realizar lo debes hacer con fecha 30/06/2010 que es el último día para decidir el reparto del resultado del 2009. Entonces harás el siguiente asiento: Debe de la 121XXXXX (abre una subcuenta para las pérdidas del ejercicio 2009, puesto que se deben tener en subcuentas separadas): 1.466,98 Haber de la cuenta 129: 1.466,98 Como concepto pon: APLICACIÓN DEL RESULTADO 2009. Por lo demás, si en la cuenta 4745 está contabilizado el importe de 366,75 será el crédito fiscal que tiene la empresa para el impuesto futuro.
No, en la cta. 4745 no hay ningún importe... la cantidad de 366,75 es decir que tampoco se hizo el asiento en el 2009... ufff perdona por tanta molestia.
No pasa nada por las molestias, es un placer. Lo que pasa es que si se declaró en el modelo 200 el crédito fiscal, se tuvo que haber contabilizado en el 2009. Para arreglarlo, haz el siguiente asiento con la misma fecha que te he dicho 3/06/2010: Debe de la 4745: 366,75 Haber de la 6301: 366,75 Con la salvedad de que este asiento, como tuvo que haberse contabilizado el año pasado, en el cálculo del impuesto de este año no se ha de tener en cuenta y como contablemente aparecerá como un ingreso o más beneficio, en el cálculo del impuesto de este año habrá que descontarlo. Esto ya es otro tema, el impuesto de este año, que si quieres lo podemos comentar en otra pregunta cuando cierres el año y tengas que hacer la provisión del impuesto.
Muchísimas gracias, no te imaginas el gran favor que me acabas de hacer. Sea quien seas te deseo un bueno conmienzo del años, que estoy seguro que así será. Feliz año.