Hola, trabajo en una empresa de reformas, nuestros trabajadores tienen un contrato indefinido. Me gustaría saber si cada vez que van a una obra, tengo que comunicar a la seguridad social o al inem en que lugar están trabajando. Los trabajos suelen ser en la misma ciudad o cerca, siempre en la misma provincia donde están dados de alta, solo tenemos un centro de trabajo, que es el domicilio fiscal de la empresa.
Te agradezco de antemano me ayudes a resolver esta duda. Gracia. Un saludo
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Respuesta de eduacere
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eduacere, Economista con veinte años de experiencia
Por lo que explica, y muy bien, su actividad requiere constantes desplazamientos a diversos lugares para realizar el trabajo lo operarios. Pero no es lo mismo que destinarlos aúna obra concreta donde pasarán todo su contrato de duración determinada o una serie de meses en caso de indefinido. Aquí distinguimos centro de trabajo habitual. En su caso son empleados cuyo centro es el llamado "itinerante". La responsabilidad en cuanto a normas de seguridad e higiene son del propietario del centro que le podrá exigir en todo momento que demuestre cumplir la normativa con respecto a sus operarios (Seguridad Social, formación a cerca de la Ley de Prevención de riesgos Laborales, etc.) Debe por tanto cumplir esto, pagar las cotizaciones y estar al día en el cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Llborales (formación de los trabajadores al respecto) la Mutua de Accidentes le informa. No tiene por qué informar al INEM ni a la Tesorería de cada destino de sus empleados, pues no es un centro de trabajo estable donde su empresa es la única responsable. El contratista es quien asume la seguridad laboral de sus trabajadores dado que él habrá abierto ya ese centro de trabajo especificando las circunstancias de tener ... por trabajadores subcontratados a otra empresas (entre ellas la suya). Lo que sí debería hacer es insertar una cláusula en cada contrato de sus empleados donde quede clara la circunsatancia itinerante de la realización de sus tareas contratadas por su empresa para terceros. También llamar a la Mutua y subcontratar la formación adecuada para sus empleados, cumpliendo así lo preceptivo en cuanto a la Prevención de Riesgos. Por último, tener cuidado con las cláusulas que firma para contratar una obra. Leer bien no solo lo económico con especial atención sino también lo referente al personal que se pondrá a disposición por necesidad tácita del objeto del contrato. Cuando deba firmar este tipo de contrato le aconsejo que se haga asesorar por un porofesional, sus honorarios merecerán la pena.