Desplazamiento fuera de mi provincia

Trabajo como electricista en una empresa realizando obras y mantenimiento de subestaciones eléctricas de alta tensión para varios clientes (union fenosa y red eléctrica). Yo he estado 5 años en montaje de subestaciones eléctricas y 5 años en mantenimiento de subestaciones con union fenosa. Mi contrato es indefinido para obras y con miobilidad geográfica( no espedifica mas mi contrato). Mi empresa me dice que ha bajado el trabajo, otras obras se han acabado y con uno de los dos cliente ya no se va a trabajar mas y que nos tienen que reubicar en otros centros de trabajo mandándonos a cuatro personas a mantenimiento de subestaciones con endesa a las islas canarias que con la cual hay dos años mínimo de contrato pero nos mandan 9 meses y sin traslado. ¿Quería saber si con ese tipo de contrato estoy obligado a ir allí y a todas las obras y departamentos que quieran ellos? Con cuanto tiempo te tienen que avisar, ¿el tiempo que tienes para viajar y buscarte allí alojamiento? ¿Y también si me niego a ir que consecuencias tiene?

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La clave de su caso, es que el contrato de trabajo prevé específicamente la posibilidad de la movilidad geográfica, esto quiere decir, que usted tiene una cláusula contractual por el que la empresa puede mover su centro de trabajo como considere oportuno.

Si lee el art. 40 del Estatuto de los trabajadores, puede comprobar que en el punto 1, expone:

"- El traslado de trabajadores que no hayan sido contratados específicamente para prestar sus servicios en empresas con centros de trabajo móviles o itinerantes a un centro de trabajo distinto de la misma empresa..."

Por lo que la movilidad geográfica no se aplica a aquellos trabajadores que tienen firmada un cláusula contractual como la suya.

Y con cuanto tiempo me deberian de avisar para incorporarme en esa obra

Y he mirado bien el contrato y pone en una clausula que mi centro de trabajo es movil o itinerantes y en lugares cambiantes y que me pueden enviarme a cualquiera de ellos...... Eso es movilidad geografica? Y me pueden enviarme a las islas canarias? Con cuanto tiempo me tienen que avisar? Y accion que haga mi empresa lo puedo pedir por escrito? A un compañero le han enviado ya alli y nos dijeron que ibamos a desempeñar una trabajo y cuando llego alli era otro totalmente diferente.

No, a usted no se le aplica la movilidad geográfica puesto que está contratado específicamente para poder ser cambiado de centro de trabajo como considere la empresa oportuno.

Ahora bien, lo más lógico es que aunque usted tenga la obligación de cambiar de centro de trabajo, su empresa le avise con una mínima antelación para que pueda usted organizar su vida, aunque tampoco tiene la obligación de hacerlo.

Respecto al tema del trabajo, me falta información en su consulta, ¿el trabajo que realiza su compañero, que como usted indica es diferente al que le habían dicho, es un trabajo diferente para el cual ha sido contratado? Por ejemplo, si usted ha sido contratado para realizar mantenimiento de instalaciones eléctricas y cuando llega al otro centro de trabajo le ponen a hacer la contabilidad de la empresa, en ese caso, podría demandar a la empresa por modificación sustancial de las condiciones de trabajo (art. 41 del ET), puesto que queda claro que es un cambio de puesto de trabajo y de funciones. Ahora bien, si usted ha sido contratado para mantenimiento de instalaciones eléctricas y le ponen a realizar un trabajo relacionado con ese puesto de trabajo, no veo ningún motivo para demandar a la empresa (a menos que sean puesto de mayor o menor responsabilidad).

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