Paso de contrato fijo a contrato a tiempo parcial

Gracias de antemano por la oportunidad que nos dais para tratar de resolver nuestras dudas.
Paso a exponeros mi consulta.
Llevo trabajando 28 años en una empresa.
Me están proponiendo que cambie mi contrato fijo a otro de tiempo parcial.
Me gustaría que me explicaran que implicaciones tiene esta cambio.
Mi inquietud es que este cambio perjudique mi situación de cobertura legal .
¿Es un nuevo contrato laboral o una modificación del existente?.
¿Cambian mis condiciones laborales, por ejemplo, la antigüedad, vacaciones, etc.?
¿Puedo volver cuando quiera a mi anterior contrato?.
¿Qué diferencias tiene con una reducción de jornada por hijo discapacitado?.
¿Cuál de las dos opciones (tiempo parcial o reducción de jornada) es más interesante para reducir jornada laboral?.
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1.- Se puede hacer de las dos maneras. A través de una modificación o a través de un cambio de contrato (finalizas uno y empiezas a otro)
2.- Si te liquidan un contrato y te hacen otro te afecta a antigüedad (la perderías)a vacaciones porque te tendrían que liquidar vacaciones, etc todo dependiendo de cuanto tiempo de duración es el nuevo contrato, no es lo mismo trabajar 40 horas a la semana que 15. Tendrás que estas a lo dispuesto con tu Empresa si ellos te garantizan por escrito que te conservan la antigüedad, vacaciones, etc. Pero tu salario se verá reducido en el numero de horas que reduzcas
3.- Depende e la empresa
4.- En la reducción de jornada por hijo menor de 8 años o por hijo discapacitado es el trabajador quien decide cuando vuelve a la jornada completa. La empresa cotiza al 100% por ti y está protegido legalmente con mayor cobertura en caso de despido. En el de tiempo parcial la Empresa solo cotiza por ti por el tiempo que trabajas, si te despiden la indemnización será calculada sobre el % de jornada que trabajes (en el de reducción por cuidado de hijo la indemnización será como si trabajaras al 100% de la jronada).
5.- SIn duda alguna es más interesante la reducción por cuidado de hijo
Muchas gracias por la rapidez y las respuestas. Me han aclarado todo.
Solo tengo una duda con respecto al punto 4.
La empresa cotiza al 100% de la jornada de 8 horas para el cálculo de la jubilación en Euros, ¿pero no hay una penalización en el cálculo de días cotizados?. Es decir, ¿no se ve afectado el tiempo de cotización?. Si 8 horas corresponden a 365 días cotizados, ¿7 horas no corresponden a 320 días de cotización al año?
Evidentemente que si para el caso del contrato parcial pero no es así para la reducción de cuidado de menor.

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