Baja maternal y contrato fin de obra

Estoy embarazada de 3 meses (Daría a luz a primeros de Diciembre) y me gustaría saber si es legal guardarse las vacaciones de 2011 y disfrutarlas en 2012 después de la baja maternal y luego sumarlas al mes de vacaciones de 2012 y a la lactancia cogida a través de semanas de baja en vez de 30 min al día hasta los 9 meses del niño (estando así más de 6 meses sin trabajar) ¿Es legal cogerse esos dos meses seguidos y a su vez la lactancia o estaría obligada a coger uno de los meses de vacaciones en otro momento?.
Por otro lado tengo un contrato a fin de obra desde el 18 de febrero de 2010. Antes de la ley de despido barato a los dos años eras inmediatamente indefinido pero con esa ley si no me equivoco lo han retrasado a 3. Dado que esa ley entro en vigor después del inicio de mi contrato ¿en mi caso seria indefinida a los 2 o a los 3 años?
Muchas gracias
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Art. 38.2 del Estatuto de los Trabajadores: Las vacaciones se disfrutaran en periodos establecidos de común acuerdo entre en empresario y el trabajador.
Por lo que si el empresario te deja no hay que darle más vueltas.
Art. 15.1.a del Estatuto de los Trabajadores modificado por la Ley 35/2010 (despido barato como tú llamas) introdujo el límite de tres años para contratos de obra o servicio determinado.
Anteriormente, dicho artículo no establecía ningún límite.
Pienso que igual te refieres a la conversión en indefnido de un trabajador, que durante 24 meses hubiera tenido dos o más contratos temporales para mismo puesto.
Según tenia entendido si estabas más de 24 meses en un mismo puesto y contrato se consideraba que era más indefinido que una obra puntual y por ello automáticamente eras indefinido pero no lo he leído en un sitio oficial por lo que quizá sea una mala interpretación de alguna ley. Entonces entiendo que independientemente de que pasaran dos años del inicio del contrato seguiría siendo a fin de obra y en cualquier momento se me podría despedir alegando fin de obra ¿no es asi?
Muchas gracias
Contrato con fin de obra, tiene una duración máxima de 3 años. Si después de 3 años continúas, indefinido.
Con el tema de 24 meses, se refieres a si tienes dos o más contratos temporales.
Con el tema vacaciones, matizar, si el día que te cojas la baja maternal, te faltan por disfrutar 10 días de vacaciones, tienes derecho a disfrutarlos cuando se te acabe la baja maternal, aunque sean del año pasado.

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