Dudas sobre dietas.

Buenos días,
Me gustaría saber si las dietas que se indican en el convenio colectivo de consultorías, se refieren sólo a los gastos o también está incluido el alojamiento. También me gustaría saber si es necesaria la presentación de justificantes a la empresa para cobrar estas dietas.
Gracias.

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Dietas son las cantidades percibidas por el trabajador para compensar los gastos en que pueda incurrir con motivo de desplazamientos a "lugar distinto al habitual de trabajo".
Tu convenio colectivo sólo hace mención al importe diario a percibir en caso de pernoctar o no fuera de la residencia habitual, y al importe a abonar por desplazamientos en vehículo propio (los llamados gastos de locomoción).
Por ello cabe entender que en ese importe establecido se incluyen tanto los gastos de manutención como de estancia.
Por último decirte, que el empresario está obligado a acreditar ante Hacienda el día y el lugar en que se realiza el desplazamiento, así como su razón o motivo.

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