Descuelgue de convenio

Si me comunican por escrito la bajada de sueldo el día 18 de enero, ¿hasta cuándo no pueden cambiarme la nomina?. En la nomina de febrero podrían ya aplicarla. Y si no me lo comunican por escrito...

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Una vez se os comunica, se supone que ya han realizado todo el proceso burocrático correspondiente... por lo que deberían especificar en la comunicación cuándo entrará en vigor, que sí, puede ser en febrero claro...

Lo lógico es que no afecte Enero... pero también podría.. .los plazos que tienen que cumplir es para todo el tema burocrático para poder llevar a cabo el descuelgue..

Si no te lo comunican.. a ver, partimos que aplicar un descuelgue de convenio no lo hace la empresa y punto... es un proceso que implica al comité de empresa, a representantes de los trabajadores y a la administración laboral... deberían comunicártelo claro, pero realmente como todo estaría ya "aprobado" no sería obligatorio... técnicamente...

Te lo tienen que comunicar directamente y personalmente si el cambio sustancial de condiciones de trabajo es suficiente para darte la opción de despido objetivo, que rechaces dicho cambio y te den 20 días de indemnización

Saludos

me da la impresión de que están tanteándonos a todos y lo que van a hacer es hacerlo sin ningún tipo de papel. el 17 de enero estuve en un sindicato y me comentaron que a esa fecha no le habían comunicado a ellos nada de nada. y estuve hablando precisamente con uno que es miembro de la comiion paritaria. A parte de este señor donde puedo yo informarme de si la empresa se esta descolgando del convenio?

Es un proceso administrativo concreto o sería 100% ilegal... si lo quieren hacer bien tienen que comunicarlo con el tiempo reglamentario a todos los empleados... Lo cierto es que cualquier modificación masiva de condiciones de trabajo, como un descuelgue tienen que informarlo a la entidad laboral... y honestamente no tengo ni idea de cómo puedes enterarte hasta que la empresa os lo comunique... deberían estar hablándolo con tu comité o representante de trabajador y este o estos a vosotros... pero si no hay representación no tienen obligación de informaros de lo que piensan hacer hasta que lo tengan confirmado... y te lo comuniquen dentro de los plazos reglamentarios.

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