Epígrafe 114
Soy Diplomado en RRLL, me encuentro con el siguiente problema respecto al epígrafe 114, Personal directivo y técnico en trabajos exclusivos de explotación, ¿me puedes ayudar a entender que significa exactamente trabajos exclusivos de explotación?, ¿Normalmente en que tipo de empresas y como diferencio que trabajadores pueden pertenece a este epígrafe y cuales no? Y sobre todo, ¿cómo calculo las cuotas de AT/EP de estos trabajadores?
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Respuesta de skorpi
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