Acaparar horario mi empresa

Trabajo como recepcionista en una empresa de servicios en horario de 9 a 15.30.

Cada dos semanas tengo que ir de tarde dos días para cubrir la libranza de la persona recepcionista de tarde.

Igualmente esta persona de tarde, cuando fata por enfermedad por cualquier otra causa, la persona que la cubre soy yo, y de manera automática se sobreentiende que estoy disponible para en vez de ir de mañana ir de tarde.

El problema es que yo ahora por una serie de circunstancias familiares quiero trabajar de 16, oo horas en adelante para incrementar nuestros ingresos, pero no sé si puedo negarme a ir en un turno distinto al de mañana. En mi contrato no se especifica horario,

Pero yo mew pregunto: es que no puedo trabajar en otro sitio diferente, ¿estoy atada a mi empresa? A mi mi empresa no me paga un euro más por ir de tarde ni nada.

El convenio es el de residencias privadas de la comunidad de madrid.

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De 9 a 15.30 son 6.5h al día que son 32.5h semanales... Lo normal es que las horas laborables que tienes que hacer las marque el convenio. Y estas, para una jornada completa son pocas... el convenio marca 1786h anuales... esto son 7.8h al día, o unas 39 semanales... por lo que deberías de media semanal unas 6 horas ¿es lo que haces entre las dos tardes? Porque si es así, estarías cumpliendo con la jornada semanal... si es algo que sabes desde siempre, y es lo habitual, pues entonces es correcto... otra cosa es que tardes que te hagan ir a sustituir sean además de tu jornada, y por tanto, horas extras, o por otro lado te cambien el turno

Por otro lado si trabajas 6 días a la semana (librando uno y medio) si haces las 39 horas... por lo que todo lo que hagas además es extra... las horas extras son voluntarias... te paso el convenio que está bien que lo tengas.

http://www.fspmadridugt.org/dependencia/documentaci%C3%B3n/Negociaci%C3%B3n%20colectiva/PLATAFORMA_RESIDENCIAS.pdf

Si no tienes un sistema de turnos rotativos (que suele llevar un plus) no pueden cambiarte el turno sin previo aviso y obviamente, es voluntario si no lo tienes en contrato y conlleva compensación por turnicidad o disponibilidad horaria. Sí, técnicamente si te buscas otro trabajo no podrían echarte procedentemente ... pero sí, improcedente (45 días por año)... así que tendrás que valorarlo bien... tú tienes derecho a negarte o reclamar compensación, y ellos a valorar que eso no les va bien y despedirte con 45 días... (33 desde marzo), obviamente si hay una posibilidad que hables con ellos comentando tus necesidades y por tanto que no puedes hacer esas sustituciones o esos cambios de horario... pues es lo mejor. El resto va por la vía enfrentamiento... pero háblalo, di que si no te compensan ir por las tardes de alguna forma, no siendo tu jornada habitual (y las tardes que haces ahora para sustituir libranzas... serían extras si también estás haciendo tu turno.) Te tienes que buscar otro trabajo.. aver qué tal... y si no,... solo puedes denunciarlo y arriesgarte a que tu empresa te pueda despedir...

Eso sí... no te niegues apriori, porque si dejas sin cubrir el puesto en tiempo que no pueden reemplazarte eres tú la que le causa un mal a la emprsea y pueden sancionarte...

La cuestión es mira bien la nómina y el contrato, que no tengas nada al respecto, qeu no tienes nada que diga turnos, etc...

Comentarte que trabajo de lunes a viernes en horario de 9 a 15.30 y que luego cada dos fines de semana, el sábado y domingo trabajo de 9 a 22 horas el sábado y de 9 a 22 horas el domingo. Dos findes libres y uno doblo. Cuando doblo libro lunes y martes

Qué significa eso de que si me busco otro trabajo no me podrían echar procedentemente pero sí improcedentemente?? Si el motivo por el que me niego a venir es porque tengo otro trabajo me podrían echar pero sería un despido improcedente? 

En mi contrato solo especifica en un punto que los turnos podrán cambiar dependiendo de las necesidades de la empresa.^Pero así de un día para otro en el caso de cubrir a la compañera cuando está enferma???

 Nada más, muchas gracias por tu rápida contestación

La cuestión es que si tu sistema de trabajo es ese, ese es tu horario, etc... el negarte a hacer lo que se considera "distribución de la jornada de trabajo" y sustituciones que antes hacías (por lo que en un juicio, la empresa puede alegar que entraba dentro de tus funciones...) y ahora te niegas a trabajar.. .la empresa puede decir que estás incumpliendo, incluso considerarlo absentismo.. o declarar que el que no te presentes en una sustitución ha hecho que tengan un perjuicio al no tener sustituta... a eso me refiero...

Si ellos hacen un despido objetivo basado en que tú no has cumplido, tendrás que demostrar TU qué sí lo has hecho...

Si te buscas un trabajo en un horario que ellos consideren que tú estas disponible... pues entonces ahí está el problema, por eso te comento que tienes que ver bien tu contrato, si tienes ordenes escritas de que realizas siempre las sustituciones, están en tus funciones del puesto etc... ahí estarías más pillada...

Si en el contrato pone el cambio de turnos ... ya implica que tienes turnos... ya aquí la cuestión no es que sea de un día para otro... la cuestión es que si en tu contrato asume que tienes una distribución horario en turnos de trabajo... ¿cómo te vas a buscar un trabajo que coincida con tus posibles turnos? A menos que tuvieras un planning de turnos tan claro que pudieras basarte en él y hacerlo compatible...

La cuestión es que si durante mucho tiempo tú has aceptado esta disposición de joranda, turnos y sustituciones... es tu trabajo, puedes reclamar las horas extras, compensación en libranza y cosas así... pero si tienes turnos... dificil que un juez te de la razón para buscar otro trabajo a menos que sea compatible con ambos turnos...

Habla con la empresa a ver si consigues algo... es lo mejor, si te metes en una denuncia por este tema... no vas a conseguir que te fijen el turno... vas a conseguir exceso de jornada, que te paguen horas extras, que tengan que avisarte que te cambian el turno al menos con 48 horas de antelación, o cosas así además de una empresa muy cabreada, pero a menos que puedas demostrar que estar a turnos NO ES NECESARIO, no te van a dejar que cojas otro trabajo coincidiendo con uno de los turnos...

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