Indemnización por baja voluntaria
Mi empresa va a aprobar un ERE para prejubilar a los trabajadores de 55 en años adelante y despedir a los menores de 50. Los de 50 a 54, permanecen en la empresa aunque como el proyecto es el cierre de todas la red de oficinas, dentro de un tiempo, no más de dos años, les despedirán y probablemente en peores condiciones que a los despedidos en este ERE. Se va a abrir un periodo de bajas indemnizadas voluntarias para los trabajadores de 50 a 54 años de edad, y se les ofrece acogerse a la baja indemnizada con 33 días de indemnización por año trabajado. Con una antigüedad de 27 años, ¿no se tiene derecho a 45 días por año? ¿Al ser la baja "voluntaria" no se tiene derecho a paro?
Respuesta de mgaban
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