Según tu caso entiendo que no podrías realizar un convenio especial con la SS social ya que las personas que pueden suscribirlos son las siguientes y usted no se encuentra entre ninguno de esos colectivos.
¿Quién puede suscribirlo?
Los trabajadores que causen baja en el Régimen de la ES. ES. En que estén y no queden comprendidos en cualquier otro.
Los trabajadores por cuenta ajena indefinidos y los trabajadores por cuenta propia incluidos en el Sistema de la Seguridad Social, siempre que continúen en situación de alta, tengan 65 o más años y 35 o más de cotización efectiva.
Los trabajadores o asimilados en situación de pluriempleo o de pluriactividad que cesen en alguna de las actividades por cuenta ajena o propia.
Los trabajadores o asimilados que cesen en su actividad por cuenta propia o ajena y sean contratados con remuneraciones que den lugar a una base de cotización inferior al promedio de los doce meses inmediatamente anteriores a dicho cese.
Los pensionistas de incapacidad permanente total para su profesión habitual, que con posterioridad a la fecha de efectos de la correspondiente pensión hayan realizado trabajos y hubiesen estado incluidos en algún Régimen del Sistema de Seguridad Social y se encuentren en una de las situaciones anteriores.
Los trabajadores que se encuentren percibiendo prestaciones por desempleo o el subsidio por desempleo y cesen en la percepción de las mismas.
Los pensionistas que hayan sido declarados capaces o inválidos parciales.
Los pensionistas de incapacidad permanente o jubilación, a quienes se anule su pensión en virtud de sentencia firme.
Los trabajadores que hayan causado baja a causa de solicitud de una pensión y esta les sea denegada.
Gracias, un saludo
Le dejo el enlace de mi blog por si quiere visitarlo:
Guiaasesorlaboral.blogspot.com.es