Dos trabajos

Actualmente tengo un trabajo estable de 40 horas semanales. Primero querría saber si me pueden contratar en otra empresa con contrato laboral al ya tener uno de 40 horas (en alguna empresa me han dicho que no pero yo tengo algún amigo que si le han contratado de nuevo teniendo ya uno de 40 horas) y segundo me gustaría que me informara de las ventajas fiscales que podría tener el encontrar un trabajo extra a la hora de hacer la declaración de la renta (me han dicho que compensa), ¿en el actual trabajo cobro unos 1000? ¿Netos al mes y en el extra cobraría unos 200? Netos al mes. Quiero saber si me compensa económicamente...
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No puedes tener 2 contratos a tiempo completo, es ilógico. Sí que puedes tener uno es y otro a tiempo parcial (cuyo horario no coincida con el del otro trabajo... no puedes es trabajos a la vez).
Fiscalmente tú tributarás a Hacienda por los salarios obtenidos, y Te deducirás las cuotas que has pagado a la seguridad social en las 2 empresas.
En cuanguridad Social que te retendrían en las 2 empresas: te harían un prorrateo, una proporciónmera empresa pagará menos por ti de lo que venía haciendo, y el organismo TGSeg. Social le a carta informando que tú estás contratado en otra empresa (sin poner nombres).

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Efectivamente puedes trabajar en dos centros a la vez, pero has de comunicárselo a la empresa en que actualmente trabajas.
En cuanto a repercusiones económicas lo único es que la escala de gravamen para pagar te subiría aprox. un 2%, es decir de TODOS TUS INGRESOS TE AUMENTARÍA LA CUOTA A PAGAR EN UN 2 % APROX.
Visto lo anterior claro que te interesa darte de alta en otra empresa aunque un mes de sueldo ( 200) se los lleve Hacienda ( también hay que tener en cuenta la situación familiar que tengas pues si te sale a devolver la renta pues te devolverán un poco menos), ten en cuenta que estás cotizando a la s. social y eso te influye en la pensión y en casop de accidente o baja laboral cobrarías también más.
Buenos días:
Gracias por su respuesta.
Me quedan algunas dudas:
¿1º_ tenía entendido que el máximo de horas que se pueden trabajar son 40 semanales?
¿2º_ Supongo que lo del 2% lo dice porque es el mínimo que te tiene que retener Hacienda verdad? ¿Puedo obligar a la segunda empresa a que me retenga siempre el mínimo al tener ya otro trabajo?
3º_ No entiendo lo de la situación familiar, ¿por qué me dice que me devolverían menos? (No cobro ninguna pensión).
¿4º_ Por qué cobraría más en caso de accidente o baja laboral? ¿Cobraría por separado por las dos nóminas?
Gracias de nuevo.
Son 40 horas semanales en una sola empresa.
2º el 2 % no es ese 2% de retención en nómina, es la diferencia en la escala de gravamen que te subiría al hacer la renta: de todos los ingresos de las dos empresas)
3º.- La situación familiar es que un soltero paga mucho más que un casado y si tienes hijos pues pagas menos todavía, no me refiero a ninguna pensión.
En caso de accidente o baja laboral te han de pagar las dos empresas en función de la nómina del ultimo mes trabajado antes de la baja en cada empresa
Gracias de nuevo, perdona que sea tan pesada pero no me he enterado bien.
¿Quieres decir que puedo trabajar 40 horas semanales en cada empresa?
Lo del 2%, ¿Qué es un incremento que te hace hacienda cuando tienes más de un pagador?
¿Fiscalmente es más rentable tener un trabajo o dos?
Gracias de nuevo y perdona por ser tan pesada.
Efectivamente puedes trabajar compo pluriempleado en dos empresas 40 en cada una.
Lo del 2 % es lo que te supondría de aumento en la escala de gravamen de hacienda el aumento de ingresos, no por tener más de un pagador.
Fiscalmente has de hacer la renta de las dos formas con los ingresos del primer trabajo solo y con el de los dos y cuando veas la f¡Diferencia verás si te interesa o nno, eso te lo calcula hacienda o tu asesoría en 10 minutos.
Un saludo. FULMA
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El máximo de 40 horas semanales para la jornada laboral es un límite que cuenta p, es decir, una misma empresa no te puede hacer trabajar más de esas 40 horas.
Ahora bilectura de la norma entiendo que una vez sales de la empresa estás dentro de tu tiempo libtro de ese tiempo optas por trabajar en otra empresa eres libre de hacerlo, y en esa nuevcontaría otro límite de 40 horas.
Desde luego es algo que ocurre con las vacaciones y lbres, puedes usar las vacaciones de una empresa para trabajar en otra. Tienes OBLIGACIÓN dr de 30 días de vacaciones al año, pero por empresa, por lo que puedes "disfrutarlos" trabotro lugar.
Por lo tanto, entiendo que sí te pueden contratar en la nueva empresa aunquna jornada semanal en la actual de 40 horas.
En cuanto a las ventajas fiscales lamento e me coges totalmente fuera de onda. Nunca se me ha presentado un caso de pluriempleo e igiste alguna deducción o bonificación exclusiva para estos supuestos.
Te compensa económiempre porque por cada euro de más que cobres los impuestos no crecen tanto, SALVO QUE PERUNA BONIFICACIÓN QUE TENGA UN TOPE MÁXIMO DE BASE IMPONIBLE.
Lo que sí has de tener en que si las bases reguladoras para la cotización a la Seguridad Social llegan al límite (aueo que sea tu caso)deberías contactar con ambas empresas pues habría que reducir la cotiza005 la base máxima es de 2.813,40 euros al mes. Esta cantidad la encontrarás en el recibo con el nombre de "Base para Contingencias Comunes".
Un saludo, espero haberte podido ayi respuesta. No olvides puntuar
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En principio, lo único que limita la actual ley General de la Seguridad So tope de cotización.
Esto quiere decir, que si superas el tope, o bien la administració ansias del propio interesado se pueden reducir las cotizaciones.
En tu caso, no creo cual tope máximo, pero si es así, a estas empresas les resultarías muy conveniente ya que coenos por ti.
Respecto de la relevancia fiscal, para cada persona es muy específico, ya deberás pagar a Hacienda cada año, depende de tu situación personal (si estas casada, con c.)

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