Autónomos

Hola, mi pregunta es la siguiente:
¿Esta obligado un autónomo que va por módulos a presentar el modelo 110 de retenciones si tiene a su hijo como autónomo colaborador? Ya que no tiene nómina(el hijo),¿?. ¿Existe alguna ley de AEAT que diga esto?
Gracias de antemano.

3 respuestas

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Debes presentar el modelo 110 no porque el hijo no tenga nómina, sino porque es un profesional autónomo al que el autónomo-padre ha retenido a cuenta del IRPF en sus facturas de servicios. Hay retenciones profesionales, y debe presentar el modelo 110 trimestral.
La relación padre-hijo no implica nada, ya que ambos son autónomos.
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Si el hijo no está en nómina y no tiene ingresos no tiene porqué presentar modelo alguno de retenciones. Recibe un saludo y si necesitas algo más siempre estaré para ayudarte con muchísimo gusto cuando así lo necesites.
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Cualquier persona que tengas cntratada, tendría que estar dado de alta, y por tanto con nómina. El modeo 110, solo tendrías que presearlo, es le hicieras retenciones.
Si como tu dices, no tiene nómina, n tendrás que presentar el 110. Aunque ya te digo que debiera estar dado de alta

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