El pluriempleo no tiene ninguna desventaja de por si, lo único que tienes que tener en cuenta es que no se debe cotizar por encima de los máximos, cosa que seguro que no haces. Como bien dices el Régimen General y el de Autónomos son diferentes, en Autónomos no cotizas por desempleo por lo que si disuelves la empresa no vas a cobrar por esta contingencia en ningún caso.
Tampoco podrías cobrar desempleo en el caso de que perdieras el empleo con Iberdrola y siguieras siendo autónomo puesto que existe una incompatibilidad. El desempleo sólo lo puedes cobrar, suponiendo que tuvieras derecho a ello, si te despiden del contrato por cuenta ajena y no eres ya autónomo o te das de baja en breve después del despido.
Por lo demás no veo ninguna otra consecuencia, las ayudas tienen diferentes requisitos así que sería cuestión de estudiar cada una de ellas para ver las repercusiones en cada caso de tu situación.
Lo que sí es bueno para ti es que estás cotizando algo más que la cuota de autónomos tanto para la jubilación como para el caso de una posible baja laboral, lo que quiere decir que en cualquiera de estas dos circunstancias cobrarías de prestación algo más que lo que estipula el régimen de autónomos porque se sumarían las cotizaciones.
Un saludo, espero haberte podido ayudar con mi respuesta. Por favor no olvides puntuar si estás satisfecho con la información recibida para cerrar la pregunta y dar paso a otras cuestiones.