Invalidez parcial.

Soy un trabajador en activo. Hace un año tuve un accidente de moto y a raíz de ello tuve varias fracturas incluida una vertebra, de ello me resultaron secuelas diagnosticadas por el forense. Hace un mes tuve un infarto y debo medicarme y cuidarme el resto de mi vida. La pregunta es si podría solicitar la Invalidez Parcial a la Seguridad social. Por supuesto que no solicitaría pensión, tan solo los beneficios fiscales.

2 respuestas

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La inval. Parcial es la que, sin alcanzar el grado de total, ocasiona al trab. Una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal.
Si consideras que cumples el requisito señalado puedes pedir la prestación. Lo que no cabe es solicitar sólo los "beneficios fiscales" y no la prestación (que consiste en una indemnización a tanto alzado según baremo).
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Creo que confundes algunos términos. Veamos.
Si lo que pretendes es beneficios fiscales como consecuencia de las lesiones que describes lo que debes conseguir el titulo de minusvalía que lo reconoce el departamento de servicios sociales de la administración autonómica o en aquellas comunidades que no tienen transferidas dicha competencia el Imserso. Una vez te reconocen dicho titulo este lleva implícito un porcentaje de minusvalía que es el que te sirve para algunas ventajas sociales entre las que están las ventajas fiscales a las que tu aludes.
En cambio la invalidez parcial es uno de los tipos de invalidez que se da a aquellas personas que pierden capacidad en su trabajo. En la práctica dicho tipo de incapacidad solo se suele dar cuando se trata de accidente de trabajo y además tu no puedes solicitar (de modo vinculante) dicho tipo sino que es un tribunal el que decide el tipo (parcial, total o absoluta)y luego no puedes rechazar la que te asignen aunque siempre tienes la posibilidad de presentar recurso.

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