Pensión de viudedad

Datos:
Matrimonio separado . Ambos jubilados .
Conviviendo por razones económicas en el domicilio común . Vivienda a nombre de los dos .
No hay Pensión Compensatoria en el Convenio de Separación .
Si consta que el marido abona los gastos de Impuestos y Seguros de la Vivienda .
Tema :
Pensión de viudedad en caso de fallecimiento del ex-marido .
Pregunta :
¿Es cierto que por el solo hecho de no figurar Pensión Compensatoria en el Convenio Regulador, no tiene derecho a la pensión de viudaded?
¿Puede suplirse ese hecho por un Certificado de Convivencia y por el texto del Convenio Regulador relativo a que el ex marido abona los Impuestos y los Seguros de la vivienda común?
¿Qué puede hacerse para que la ex esposa tenga derecho a la pensión de viudedad de ex marido?
Gracias

1 Respuesta

Respuesta
1
Este caso es muy interesante ya que no me explico que un cambio tan importante en la legislación que afecta a la concesión de viudedades haya y esté pasando tan desapercibido.
Responderé a las preguntas una por una.
Pregunta :
¿Es cierto que por el solo hecho de no figurar Pensión Compensatoria en el Convenio Regulador, no tiene derecho a la pensión de viudaded?
Si no hay pensión compensatoria no hay pensión de viudedad en separados/divorciados
¿Puede suplirse ese hecho por un Certificado de Convivencia y por el texto del Convenio Regulador relativo a que el ex marido abona los Impuestos y los Seguros de la vivienda común?
No puede.
Literalmente ha de mencionarse en el convenio regulador el concepto pensión compensatoria.
¿Qué puede hacerse para que la ex esposa tenga derecho a la pensión de viudedad de ex marido?
Un nuevo convenio regulador con pensión compensatoria.
Por favor, dado lo interesante de esta pregunta no dejes de valorarla para que sea leída por más usuarios.
-

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas