Enfermedad profesional

En fecha 20 de noviembre de 2008 cause baja por accidente laboral por una hernia discal hecha en puesto de trabajo"transporte de mercanias por carretera prov.barcelona"descargando un palet, anteriormente causé baja por principio de hernia, bueno el caso. Que la mutua me largó a la seguridad social por que decían que no era accidente y la empresa me despidió en abril 2009 y seguí cobrando el pago directo hasta hoy de asepeyo, ahora me ha venido la carta de la seguridad social diciendo que consideran que es accidente laboral-enfermedad profesional, ¿me debe de pagar la mutua a razón de salario real? ¿Osea ultima nomina con todos los conceptos? ¿Dietas etc? Mi base reguladora era de 1900 eur y ahora estoy cobrando de baja 1050, haber que me dicen esta tarde en asepeyo con lo que me han mandado de inss. RESOLUCIÓN .resuelvo declarar que el proceso de incapacidad temporal iniciado el día 09-01-09 deriva de accidente de trabajo y que mutua ---------es responsable del pago de la prestación de IT.
Me comentÓ el chico de LA MUTUA ... ELLO que si surjia este caso me pagaría al 70%de base reguladora, no se si por convenio me deberían de pagar el 100% o 100%de ultima nomina antes de la baja. También no se si poner otra denuncia en seguridad social para que con las horas extras no declaradas por el empresario me suba la base reguladora mediante inspección. Estoy hecho un lio y esperando para operarme de una heria discal cervical a base depastillas.

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Respuesta
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Todo lo que puedo decirte es que el porcentaje a cobrar en caso de accidente laboral depende del convenio al que esté adscrita tu empresa (por ejemplo, sé que en el convenio de jardinería es el 70%).
Por otra parte, creo que las horas extras no suben la base de cotización, aunque no puedo asegurarlo...
Siento no tener conocimientos suficientes para ayudarte más.
Suerte con tu operación!

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