Si vuelvo a reanudar la prestación que tengo ahora ¿Qué cotización a la SS me aplicarán?

Estoy actualmente cobrando una prestación por desempleo y cuya cotización a la SS es la máxima ya que estaba "topada" por tener un salario superior a 40.000€ en los últimos años. Mi duda es que si acepto un trabajo temporal de bajo salario (¡Lo que hay ahora!) Y de duración inferior a 360 días, al solicitar la reanudación de mi subsidio ¿qué cotización a la SS me aplicarán?. Es importante para mi ya que tengo 57 años y tengo que enforcarlo todo a que mi futura pensión por jubilación quede lo menos mermada posible!

1 respuesta

Respuesta
1

Tanto si te contratan por 6 meses como si te contratan por un año, puedes seguir cobrando la cuantía mas elevada porque en el caso de un contrato de menos de 360 días tendrías que reanudar la prestación que hubieras tenido que interrumpir para trabajar con el ultimo contrato de trabajo, y si el contrato de trabajo fuera de 360 días o mas tendrías la opción de elegir entre la prestación anterior es decir la mas alta, o iniciar una nueva prestación es decir, la generada con las cotizaciones efectuadas con el ultimo contrato de trabajo, pero as de tener en cuenta que por muy alta que sea la base de cotización del anterior contrato de trabajo la cuantiá que se cobra de la prestación por desempleo esta sometida a un tope máximo que no se puede sobrepasar, y que puedes ver en el siguiente enlace.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

http://www.ayudasparados.com/importe-maximo-desempleo-2013/105

Muchas gracias.Asi pues podré reanudar mi prestación actual y ésta me generará (como ahora) una cotización máxima a la Seguridad Social.¿no es así?.

Exactamente, después de terminar un contrato de trabajo de una duración inferior a 360 días puedes reanudar la prestación interrumpida con una base de cotización muy alta y por el tiempo que te quede por consumir, y si el contrato de trabajo dura mas de 360 días cuando finalices dicho contrato puede ejercer el derecho de opción que consiste en elegir entre reanudar la prestación anterior con la misma cuantía y por el tiempo que reste para agotar la duración de la prestación, o iniciar otra prestación CORRESPONDIENTE A LAS COTIZACIONES EFECTUADAS CON EL CONTRATO DE TRABAJO QUE ACABA DE FINALIZAR Y CUYA CUANTÍA DEPENDERÁ DE LAS COTIZACIONES EFECTUADAS EN LOS ÚLTIMOS 189 DÍAS.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda.. No se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas