Coeficiente reductor

Llevo 22 años trabajando en una empresa pública Autoridad Portuaria de Algeciras y soy plantilla fija. Esta empresa pertenece al R.G.S.S.. Mi trabajo es estar destinado en el servicio de Flota, empecé de marinero y ahora soy patrón de trafico interior. Mi pregunta es:
¿Es posible que estos 22 años de trabajo en el R.General, se puedan de alguna forma computar como años trabajados en el régimen especial del Mar, con el objetivo de poder acceder a los coeficientes reductores establecidos para así poder jubilarme antes? Espero que la pregunta esté bien formulada. Espero vuestra respuesta. Gracias anticipadas.
Respuesta
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Si en tu vida laboral que obtendrás de la TGSS, mira la guía de Cádiz por la "T" de Tesorería, y accede a sus servicios ( o a través del 901 50 20 50), esos 22 años vienen marcados como pertenecientes al Rg. Gral, porque los códigos de cuenta de cotiz. (O identificadores patronales) pertenezcan al Rég. General del Sistema, no hay nada que hacer.
Cualquier tarea realizada por ti que figure como REM (Reg. Especial del Mar), sí podría considerarse bonificable en materia de jubilación, pero por Rg. Gral. no.

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