Mientras no estés en condiciones de trabajar el EVI no te pueden dar el alta medica y por lo tanto te tienen que seguir pagando la pensión por incapacidad permanente pero tienes que tener en cuenta que mientras estés percibiendo una pensión por incapacidad permanente y hasta los 65 años de edad, el equipo de valoración de incapacidad(EVI) te seguirá sometiendo a revisiones periódicas que se suelen realizar cada dos años por si mejoras o si empeoras y en función de los resultados de la revisión el EVI te puede modificar el grado de incapacidad permanente de forma que si tienes concedida una incapacidad permanente absoluta y en una de las revisiones tu estado en vez de mejorar a empeorado te pueden recalificar la incapacidad y concederte la absoluta o la de gran invalidez, pero si en una de las revisiones el EVI consideran que as mejorado te pueden dar incluso el alta medica y suspenderte la pensión pero por tu historial medico me parece que a ti no te van a dar el alta medica si no que lo mas probable es que estés cobrando la pensión por incapacidad hasta que te jubilen a los 65 años cuando la pensión de incapacidad cambia de denominación para pasar a denominarse pensión de jubilación y ya no tendrás que pasar ninguna revisión porque a esa edad ya se dejan de pasar las revisiones por mejoría o por agravamiento.. Espero haber respondido a tu pregunta.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..