Autónomo colaborador e incremento del 20 por ciento en la pensión de incapacidad total.

Unos de los requisitos para tener derecho al incremento del 20 por cientos es este.

"No ostente la titularidad de una explotación agraria o marítimo-pesquera, o de un establecimiento mercantil o industrial como propietario, arrendatario, usufructuario u otro concepto análogo."

¿Si yo he sido autónomo colaborador del negocio de mi mujer y el negocio esta a su nombre tendría derecho al 20 por ciento.?

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Si as sido autónomo, colaborador del negocio de tu mujer y el negocio esta a su nombre, y por lo tanto la titular del negocio a efectos legales es ella, a ti no te afectaría en absoluto la normativa que impide acceder al 20 por ciento de complemento, a los pensionistas que ostenten la titularidad de una explotación agraria o
marítimo-pesquera, o de un establecimiento mercantil o industrial como
propietario, arrendatario, usufructuario u otro concepto análogo.» Pero para que salgas de la duda pues es informarte en la tesorería provincial del INSS de tu localidad..

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