Pensiones de viudedad

Buenos días, vivo en la comunidad de Madrid, y llevamos conviviendo como pareja desde el año 98 tenemos una hija de 13 años y mi pregunta es si tendríamos derecho a pensión de viudedad algunos de los dos, teniendo escritura publica de convivencia firmada ante notario. También acreditaríamos el certificado de empadronamiento en el mismo domicilio desde el año 1999.

Gracias

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Si, salvo que alguno de los dos ya fuera viudo.

No, estamos judicialmente divorciados de nuestro respectivos matrimonios anteriores,hace como unos 15 años, y no hay pensión compensatoria. Pero me han dicho que si no estamos inscritos en el registro de parejas de hecho, la escritura publica ante notario no vale para nada. ¿es eso cierto?

Eso de que no vale para nada... si a un Notario le habéis manifestado hace años que convivís juntos pues es palabra de Ley, así constará en la escritura.

Pero vamos, que si queréis quedaros más tranquilos lo ideal sería regularizar aun más la relación con el famoso Registro, pero no es necesario porque además tenéis hijo en común y seguro que ya lleváis muchos años empadronados en el mismo domicilio.

No le deis más vueltas.

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