Presidente de una asociación

Quiero crear una asociación y me preguntaba si se puede garantizar, por estatutos, que el presidente tenga derecho a veto sobre las decisiones de la Junta Directiva y la Asamblea y a mantenerse en el cargo indefinidamente.
Estoy revisando la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, el artículo 7, pero no sé si hay algo en él que prohíba dar estos poderes al presidente.
Respuesta
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La Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación establece en su artículo 2, punto 5 que "La organización interna y el funcionamiento de las asociaciones deben ser democráticos".
Un funcionamiento democrático implica que el Presidente debe ser elegido "democráticamente" de entre los socios durante un periodo de tiempo y que las competencias designadas a la Junta Directiva y la Asamblea de socios deben ser respetadas, sin que el Presidente pueda ostentar más competencias que las que propiamente le pertenecen.
La propuesta de asociación que comentas no parece encajar con los requisitos legales. Puedes probar a registrarla, y muy probablemente logres su inscripción, pero ante cualquier discrepancia que surja, cualquier socio puede exigir que se ajuste a la legalidad.

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