Ley 49/2002 régimen fiscal de entidades sin animo de

Quisiera saber si una asociación deportiva, que solo fomenta el deporte y lo practica, ¿se considera una entidad sin animo de lucro y esta dentro de las que la Ley 49/2009 considera como sin animo de lucro para acogerse a su régimen fiscal?
El apartado f) ¿Del artículo 2 de la Ley 49/2002, se refiere a este tipo de asociaciones?
Al leerlo, no lo veo muy claro.

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La Ley 49/2002 es conocida como ley de Mecenazgo y una entidad puede estar acogida si esta declarada de Utilidad Publica. En caso contrario, ustedes no pueden acogerse a esta ley, pues no son federación deportiva o no indica que este declarada de utilidad publica.
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