¿Es necesario dar de alta como autónomo a un representante de una asociación sin animo de lucro?
Al dar de alta en la Seguridad Social una Asociación sin Ánimo de lucro, con el fin de contratar empleados ¿es necesario que uno de los representantes de la asociación esté dado de alta como autónomo, para poder firmar las nóminas, autorizar los pagos del empleado a la SS, etc...?
Yo entiendo, que al realizar una actividad mercantil, si debería haber un representante dado de alta (ya que a efectos de SS, la asociación funciona como una empresa) pero en el estatuto del trabajador autónomo, no se recoge esta figura concreta entre los supuestos (aunque tampoco aparece como exento explícitamente)
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Respuesta de Abogados Edo
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