somos una peña que tenemos un Stand en feria,siempre el mismo es de obra y el Ayuntamiento no los reserva todos los años siempre que cumplamos con las normas de seguridad,sanidad,etc...y paguemos la tasa correspondiente.En su día ya hace tiempo se nos concedió por estar legalizados y estamos inscritos en el ayuntamiento como asociación sin animo de lucro y participamos en actos festivos que organiza el Ayuntamiento (carnavales,cabalgata de apertura feria,batalla de flores,etc,,,aparte de nuestras actividades,Estamos al año 11dias lo que dura la feria y en una zona donde todos somos asociaciones o peñas,funcionan como bar y zona de música todo al aire libre y el Ayuntamiento nos obliga a tenerla abierta al publico en general,solamente la acordonamos cuando hacemos comidas para la asocicion.Vamos es nuestra casa en la feria y la atendemos nosotros,Al tenerla abierta al publico los beneficios van a costear gastos de la asociación durante el año,viajes,escursiones,comidas etc... Tenemos el cif correspondiente.Hasta ahora en esta zona que le hablo nunca han ido inspectores de hacienda ni de trabajo.Como ahora si hacen visitas.Me gustaría saber que obligaciones tenemos al funcionar como le he contado y al tener unos beneficios limitados por tener muchos gastos y muchas invitaciones.Muchas gracias por su asesoramiento