Las asociaciones de padres y madres de un instituto que obligaciones fiscales y de presentación de libros (contables, de socios y de actas ) tienen. Fiscalmente creo que no tienen la obligación de presentar ningún tipo de impuesto. Pero acerca de los libros no estoy segura.
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Respuesta de Abogados Edo
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Abogados Edo, Abogada especializada en Derecho Inmobiliario, Herencias, Civil...
Si no realizan ninguna actividad económica, no ha de presentar declaraciones de IVA (y tiene la exención concedida) o Impuesto de Sociedades. Si puede tener que presentar alguna declaración por retenciones, si tiene un alquiler, trabajadores o personas que impartan cursos y les facturen con retención. Han de llevar una contabilidad que permita reflejar el estado económico de la entidad y realizar los balances de cuentas anuales, para su aprobación en junta anualmente. No ha de ser oficial, pero es más cómodo hacelo así, pues los programas informáticos ya nos dan los balances, pero se puede hacer una contabilidad por partida simple y hacer los balances "a mano". Han de guardar las facturas justificativas de los gastos y los recibos de ingresos. También tienen obligación de tener un libro de actas de las reuniones de la Junta Directiva y de las Juntas Generales o Extraordinarias. Anualmente han de realizar una memoria de actividades. También han de tener un listado de socios. Teniendo en cuenta la LOPD, es decir, los socios son los padres y mantener un listado de alumnos ha de ser con autorización de los padres, contando con documentos acretitativos de ellos. Y el resto de cuestiones que obliga la LOPD. Agradecemos valoración de la respuesta.