Acceso a zonas comunes de un edificio

Quisiera saber que normativa existe sobre el acceso a zonas comunes de un edificio, cuando a estas solo se puede acceder a través de zonas privadas. En concreto se trata del acceso a un patio interior, para limpiarlo, al que solo se puede entrar a través de las ventanas de los pisos primeros que dan al mismo.

1 Respuesta

Respuesta
1
El apartado DE del articulo 9 de la ley de propiedades horizontales, que es la regulación básica respecto a comunidades de vecinos dice textualmente: "Es obligación del propietario permitir la entrada a su local o piso a los efectos prevenidos en los apartados anteriores"... esos apartados se refieren al mantenimiento y reparación básico de las zonas comunales... así que según este artículo el propietario de este piso debería permitir el acceso a dicho patio interior para mantener las condiciones mínimas de salubridad exigibles... para más información sobre esta ley y otras anejas www.comunidades.com, espero haberte sido de ayuda

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas