Arqueta o sifón general

Somos una comunidad de vecinos en una edificio de obra nueva de 2 años de antigüedad. En los 6 últimos meses hemos sufrido 2 inundaciones en el patio de luces en día de lluvia, afectando principalmente a la vivienda con uso y disfrute de dicho patio. Las inundaciones no se han producido por la acumulación de agua de lluvia sino que ha sido a consecuencia de la subida de agua de las tuberías o acantarillado al patio de luces.
El experto de limpieza de la tubería nos dice en su informe: 'desatascar colector general. Tienen que localizar arqueta o sifón general, picarlo y dejarlo registrado con una tapa para poder hacer la limpieza total del mismo'. Nuestro primer movimiento fue ir al constructor del edificio y preguntar por la arqueta o sifón general, a lo que nos conduce al local que hay en el edificio. En este, hay suelo gres, con lo cual no podemos acceder a la arqueta o sifón para poder limpiar bien las tuberías. Mis preguntas son:
1. ¿No es obligatorio tener acceso directo a esta arqueta o sifón?
2. ¿Podríamos exigir al conductor que soluciones el problema de la anundación puesto que consideramos que las instalaciones de tuberías de aguas residuales está mal hecho?
3. ¿Qué pasos podemos seguir para solucionar el tema?

2 Respuestas

Respuesta

Actualmente ya existen los sifones autolavable, un problema menos.

Respuesta
1
Estimada Martasu:
Obviamente la reparación de que me hablas es completamente necesaria, por lo que la comunidad está obligada a realizarla. En este caso el artículo 9 c de la Ley de Propiedad horizontal dice: Los propietarios vendrán obligados a permitir en su vivienda o local las reparaciones que exija el servicio del inmueble y permitir en el las servidumbres imprescindibles requeridas para la creación de servicios comunes de interés general acordados conforme a lo establecido en el art. 17, teniendo derecho a que la comunidad le resarza de los daños y perjuicios ocasionados. Art. 7c: El propietario habrá de permitir la entrada en su piso o local a los efectos prevenidos en los artículos anteriores.
En resumen, el constructor os deberá permitir la entrada a su local para reparar la avería. Pero la comunidad deberá de reparar los desperfectos que se causen en el local durante la reparación.
En cuanto a quién debe hacerse cargo de los costes deberéis consultar si vuestra finca tiene suscrito un seguro decenal y si este lo cubre. También, si tenéis suscrito un seguro a nombre de la comunidad mirad haber si os cubre la reparación.
De todos los tramites necesarios, debería encargarse vuestro administrador y en principio no haría falta aprobar la reparación en una junta, pues se trata de una obra completamente necesaria.
En fin, espero no haberte aburrido con toda esta parrafada y desde luego espero haberte ayudado. Todo un placer.
Estimado experto,
gracias por la aclaración. Finalmente el constructor se hará responsable de la reforma y su coste puesto que al ser una obra nueva tenemos 3 años de garantía en interiores y 10 de fachada.
Gracias nuevamente.
Marta.

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