Estacionamiento parcial encima acera

El otro día me notificaron un boletín de denuncia por parte de un vigilante de la OTA indicando "estacionar encima de la acera", cuando en realidad, el vehículo estaba, con las ruedas traseras sobre la calzada, en zona azul, y el morro, subido al saliente que tienen las aceras para facilitar el paso de peatones (estacionamiento en batería), y claro, si no subo las ruedas, dejo el culo fuera, impiendo el paso de vehículos. Indicar que en ningún momento invadía el paso de peatones, ni zona de paso de viandandantes, ni ocasionaba ningún tipo de molestia.
Digo yo, que si hay un hueco, para un vehículo, en zona azul, que la pago, pero por las dimensiones del vehículo, tengo que "invadir" parcialmente la parte oblicua de la acera para evitar una molestia mayor, no es motivo de sanción ¿no?
Ademas, saque una foto y claramente se ve que las ruedas traseras están en la plaza correspondiente.
¿Tengo algo que rascar en un recurso, o pago y ya?

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Si tu ves en la foto que has hecho que el vehículo tuyo no inadi ni paso de cebra ni nada parecido, y alegas que subes un plein parte del vehículo a la acera para no sacarlo a la vía publica y ocasionar yn peligro al trafico, tienes posibilidades de ganar el recurso. DEbes alegar exactamente lo que te digo, que si no subes las ruedas a la acera levemente sacas el coche a la clazada con el peligro que así se genera.
Suerte y en el recurso por supuesto aporta la foto.
Gracias por tu respuesta. Tengo otra duda acerca del recurso: ¿A qué se considera estacionamiento encima de la acera? Es decir, si es con las 4 ruedas, con2, con 3,... porque, si lo es estar con las 4, es una sanción nula, ¿me equivico?, No he encontrado nada acerca de ello, y me gustaría alegarlo en el recurso indicando tus notas.
Muchas gracias y un saludo.
Quizas el codigo de circulacion no especifica nada sobre ello, yo considero aprcar sobre la acera aquel que aunque sea, tiene una sola rueda encima de la acera y dificulta el transito a traves de ella. Si por ejemplo la acera es de 5 metros de ancho dificilmente dificultara la acera. Esto es un argumento para el recurso, si difcultaba o no la circulacion y si en cambio dificultaba la carretera y a los coches.

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