Deuda telefono movil

Tengo pendiente de pago el recibo del mes de septiembre de mi teléfono móvil, ayer me pusieron un mensaje diciendo que si no pagaba YA que perdería mi número de teléfono. Me gustaría saber exactamente de que tiempo máximo dispongo para poder efectuar ese pago, de modo legal, ya que ellos me dicen que tiene que ser YA y yo ya no puedo.

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En el contrato que firmaste en su día con la compañía de telefonía, figura el plazo para el abono de facturas pendientes. Las suspensiones que se puedendar so las siguientes:
Suspensión temporal por impago
Los usuarios tienen el deber de abonar las facturas correspondientes (en caso de contrato) en el tiempo y la forma definidos en el contrato. En caso de impago de una factura por un periodo superior a un mes desde la presentación del documento de cargo, el servicio puede ser suspendido de forma temporal si así se contempla en las cláusulas contractuales. El operador podrá proceder a la interrupción siempre que avise previamente al abonado y mantenga la prestación para todas las llamadas entrantes, excepto las de cobro revertido, y todas las llamadas salientes de urgencias.
En esta situación, el usuario tiene el deber de continuar abonando las correspondientes cuotas y el derecho de conservar el número telefónico.
Suspensión definitiva por impago
Esta situación supone la interrupción definitiva del servicio y la correspondiente resolución del contrato, así como la pérdida definitiva del número telefónico del abonado.
La operadora tiene el derecho de interrumpir definitivamente el servicio de un usuario, siempre que esta opción esté reflejada en las cláusulas contractuales, en caso de impago de una factura por un periodo superior a tres meses desde la presentación del documento de cargo, o por la suspensión temporal por retraso en impago en dos ocasiones, siempre, previo aviso al abonado.
Aunque la normativa no establece el plazo ni la forma mediante la que se debe preavisar la baja, si el usuario sufre cancelación del servicio sin que la compañía pueda acreditar que éste había sido informado, el afectado puede reclamar los perjuicios ocasionados y la reactivación de la línea.
Espero haberte aclarado un poco el tema, un saludo y no olvides cerrar la pregunta para poder formular otras,
Txema

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