Hotel mal ubicado

Tengo pensado hacer una reclamación a viajes el corte ingles y quisiera me dijeras que posibilidades tengo de conseguir algo y que reclamarles, te comento. Viaje combinado a dos ciudades el hotel de una de las ciudades no cumplía con loa distancia que ponía en el folleto que era en el centro y a pocos minutos andando de la opera de viena.la distancia es de casi tres km o bien 5 paradas de metro. Considero que esto no es correcto .que me recomiendas.

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Entiendo que tienes en tu poder copia firmada del contrato de programa y oferta de viaje combinado, o bien el folleto informativo, porque en caso contrario salvo que pudiera hacerse con dicha copia, la cosa se puede complicar.
El art. 152.i) Del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (en adelante TRLGDCU), establece que:
"El detallista o, en su caso, el organizador deberá poner a disposición de los consumidores y usuarios un programa o folleto informativo que contenga por escrito la correspondiente oferta sobre el viaje combinado...
i) Cláusulas aplicables a posibles responsabilidades, cancelaciones y demás condiciones del viaje".
Del posible incumplimiento se incurre en responsabilidad por parte del detallista por una vulneración del principio "pacta sunt servanda", porque el una parte usted se compromete a abonar el precio pactado y por otra la empresa, a la prestación conforme a las cláusulas contractuales. Es decir, los pactos han de cumplirse por las partes, pero este cumplimiento ha de serlo en sus propios términos y se encuentra contenida en los arts. 1090, 1.255, 1.256, 1.278 del Código Civil y en el art. 55 del Código de Comercio.
El art. 153 del TRLGDCU, impone sin lugar a dudas el carácter vinculante del programa oferta, con unas excepciones que no concurren en el presente.
Si se les ha ofrecido en el contrato suscrito o en el folleto informativo que tiene la misma fuerza vinculante, un hotel en una ubicación determinada o como en éste caso "en el centro y a pocos minutos de la ópera de Viena" y llegados al lugar, el mismo no cumple las mismas (el hotel está ubicado donde se señalaba sino que en la realidad se encuentra a tres kilómetros o 5 paradas de metro), supone una contravención del art. 18.b) TRLGDCU "por atribuir al servicio contratado efectos que no posee".
¿En el contrato suscrito contiene de forma expresa el mandato ínsito en el art. 60.2.h) TRLGDCU respecto de "la dirección completa en la que el consumidor o usuario puede presentar sus quejas y reclamaciones"?.
Pueden presentar una reclamación por ustedes o a través de un abogado y acudir a una de las dos vías siguientes: un laudo arbitral de consumo o directamente a la vía judicial.
Las acciones para reclamar prescriben a los dos años conforme el art. 164 TRLGDCU desde el día siguiente en que ustedes llegaron a Viena.
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