¿Es legal multarme por aparcar en la puerta de mi garaje?

El otro día aparqué en la puerta de mi garaje ya que tenía otro coche dentro y entré dentro de esta ha hacer unas cosas. A los 20 min. Empecé a escuchar un walkie en la puerta y salí a mirar, y cual fue mi sorpresa que me encontré a un municipal denunciándome. Le dije que la cochera era mía, que llevaba un ratillo y ya me iba y que el coche no molestaba a nadie, a lo que me contesto que no tenía derecho a aparcar aunque fuera mi cochera, que había una línea amarilla (la linea entiendo que es por mi cochera), a lo que le dije que yo eso no lo sabía. Guardó la libreta y me dijo que quitara el coche y se fue dando a entender que me perdonaba la multa.

Cual ha sido mi sorpresa cuando hoy recibo una carta diciendo que tengo que notificar el conductor del vehículo para informarle de una denuncia de aparcamiento de ese día a esa hora en ese sitio porque el conductor se encontraba ausente. ¿Esto es legal? Es decir, yo estaba allí, le hice caso y quité el coche, y no me dijo que me había denunciado en ningún momento. Esta mintiendo en el momento que dice que yo estaba ausente. La multa puede ser más o menos justa, eso habría que verlo, ¿pero lo de irse de esa manera y multarme por la espalda diciendo que yo no estaba?

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A la primera pregunta, de si es legal que te denuncien por estacionar en tu vado la respuesta es SI, ya que el tener un vado permanente no equivale a tener un lugar de estacionamiento propio. Un usuario solicita un vado para poder entrar y salir de un estacionamiento privado, etc, pero no se contempla el que sea un espacio, digamos, de uso propio del propietario del vado. Algunos ayuntamientos, expiden autorizaciones concretas para poder hacer esto, pero, como te digo, la norma general es que no puedes aparcar en tu vado.

A la segunda pregunta, la respuesta es que el agente no ha actuado correctamente, si no puede expedirte el boletín en el momento por alguna causa (existen una serie de motivos por los cuales puede no notificarse en el acto la denuncia) puede informarte verbalmente que quedas denunciado y recibirás la denuncia con posterioridad, eso si puede hacerlo. Evidentemente no puede haber estar hablando contigo, hacerte quitar el coche, no informarte aunque sea verbalmente que quedas denunciado y posteriormente redactar como si eso no hubiera pasado. Si deseas hacer el recurso debe ir en esa linea. A partir de aquí el alcalde decidirá si te cree a ti o la versión del municipal, si tienes algún testigo mejor que mejor.

Aunque si me permites un comentario fuera de lo estrictamente legal, para mi, aquí el problema es mas de actitud del agente que de la legalidad, tal vez, saques algo mas en claro, quejándote de la actitud del agente al ayuntamiento que solo haciendo el recurso por la no notificación de la denuncia, y mas si vives en un pueblo relativamente pequeño.

Antes de nada gracias por contestar!

Mas o menos sabia que no podía por ley aparcar en la puerta de mi cochera, y que lo normal es que si ven un coche no solo multen, sino que además llamen a una grúa porque no tienen porque saber de quien es y a mi me esta molestando. El problema viene cuando yo salgo en el instante que el policía tiene la libreta en la mano para denunciarme (por lo que si que tiene medios para hacerlo), en ese instante el sabe que la cochera es mía por lo que a partir de ahí la denuncia empieza a ser con afán recaudatorio (si ese vado yo no lo pagara esa denuncia no existiría). Le pregunto el porque y me lo cuenta, le digo que no lo sabía por lo que me pide que quite el coche haciéndome entender que me perdona, guarda la libreta y se marcha.

La actitud del agente no la veo nada profesional, sobre todo cuando no solo actúa así sino que además la denuncia viene como conductor ausente (algo que no pasó) por lo que esta mintiendo. Es un mal ejemplo para el ciudadano al cual se supone que tienen que educar.

¿crees que prosperaría un recurso por esa línea?

Lo de ir a quejarme al jefe de la policía ya lo había pensado y lo haré en cuanto pueda.

Por otro lado, en la multa no pone nada de vado, sino que me multan por aparcar en línea amarilla. Te pongo las fotos para que veas el estado de la línea amarilla (mi cochera es la puerta blanca), y para ver si puedo también hacer algo ya que justo en mi puerta (donde aparqué el coche) hay una antiguo dibujo de zona azul...¿podría recurrir por señalización confusa?

Muchas gracias por todo!

De nuevo y disculpa la tardanza, pero los turnos de trabajo...

Bueno, después de ver las fotos, es cierto, la linea deja mucho que desear, pero es visible. Por otro lado, en este caso concreto, yo veo mas una falta de rigor profesionalidad del municipal que el motivo de la denuncia. Y si ya actúa así en persona es poco probable que rectifique la denuncia en el primer paso del recurso.

Me explico, al hacer un recurso a una denuncia, el procedimiento sancionador actual dice (a groso modo para no aburrirte) que el denunciado debe aportar alguna prueba nueva que demuestre que la denuncia está mal formulada o es incorrecta. Por lo tanto si tu haces un recurso sin aportar nada solo diciendo que el agente dice una mentira el agente, de inicio, simplemente dirá que es verdad y continuará su curso.

Por ese motivo te expliqué que era tan importante si tenias algún testigo de lo que pasó, por que con un testigo, ya aportas algo. Con este testimonio ya queda en manos del alcalde (en tu caso por que es una denuncia municipal) si ratificar la denuncia o anularla.

Si junto con un testigo y que la linea no se ve, ya la cosa coge mas color, no se si ves donde quiero llegar. Lo importante en un recurso no es simplemente quejarte sino aportar un razonamiento y unas pruebas que demuestren que la denuncia es incorrecta.

Desgraciadamente, soy consciente que es difícil demostrar a ciencia cierta lo que te pasó.

La razón de decirte lo de la queja sobre el agente, lo dije porque a ningún alcalde le gusta que le vengan a quejarse de su gente. Yo no trabajo en la administración local, pero tengo relación con ellos y se que la tónica normal es que no les gusta a los políticos estas quejas. Ademas también es bueno que el alcalde sepa que tipo de personas tiene trabajando para el. El recurso mas una queja, pues todo suma.

Recurrir, por señalización confusa no lo veo con mucho futuro por que la linea azul no se ve, ademas, te podrían contestar que si entonces es linea azul por que no pusiste ticket de hora, por ejemplo.

Yo, lo encararía mas por vulneración de tus derechos como denunciado por que se te pudo notificar y entregar copia en el momento de la denuncia y no fue así, sin ningún motivo que ampare la normativa, sino al contrario, que el motivo que se alega en la denuncia es falso, por lo tanto solicitas la anulación de la denuncia.

Aquí tienes el articulo de la notificación que está en el procedimiento sancionador:

Artículo 10. Notificación de denuncias.
1. Como norma general, las denuncias de carácter obligatorio, formuladas por agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico, se notificarán en el acto a los denunciados, haciendo constar en las mismas los datos a que hace referencia el artículo 5 del Reglamento, así como que con ellas quedan incoados los correspondientes expedientes y, en su consecuencia, que disponen de un plazo de quince días para que aleguen cuanto consideren conveniente a su defensa y propongan las pruebas que estimen oportunas. Por razones justificadas que deberán
Constar en las propias denuncias, podrán notificárseles las mismas con posterioridad.
2. Las denuncias formuladas por los agentes de la autoridad sin parar a los denunciados no serán válidas a menos que consten en las mismas y se les notifique las causas concretas y específicas por las que no fue posible detener el vehículo.
3. Será causa legal que justifique la notificación de la denuncia en momento posterior el hecho de formularse en momentos de gran intensidad de circulación o concurriendo factores meteorológicos adversos, obras u otras circunstancias en que la detención del vehículo también pueda originar un riesgo concreto.
Asimismo, la notificación de la denuncia podrá efectuarse en un momento posterior
Cuando la autoridad haya tenido conocimiento de los hechos a través de medios autorizados de captación y reproducción de imágenes que permitan la identificación del vehículo.

Procederá también la notificación de la denuncia en momento posterior a su formulación en los casos de vehículos estacionados cuando el conductor no esté presente. (Añadido por RD318/2003)


Como ves en el punto 2 dice que no serán validas si no se notifican en el lugar, y después en el ultimo párrafo añade que un motivo para no notificar es la ausencia del conductor, en tu caso si logras girar eso en tu favor, la denuncia no será valida.

De todas formas, no quiero ser negativo sino realista por mi experiencia, no es fácil que anulen una denuncia, te lo digo por si al final la denuncia se ratifica lo tengas presente, que es una posibilidad, pero ya sabes por donde puedes encarar el tema.

Bueno si necesitas alguna cosa mas aquí estoy, por lo demás que tengas suerte.

Muchas gracias por todo, de verdad. Tu explicación ha sido perfecta y me ha servido de gran ayuda.

He estado pensándolo y viendo lo difícil que es que me retiren al denuncia he pensado pagarla ahora que es solo la mitad. Eso sí, pasaré por la comisaría para hablar con el jefe de policía y haré un escrito al alcalde, al menos que se enteren de los elementos que tienen metidos en el cuerpo.

Muchas gracias de nuevo.

un saludo

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