Visado de turismo para cónyuge de ciudadano español
Soy casado con ciudadana española ya tenemos registrado el matrimonio tenemos libro de familia y partida.. Solicite la visa de turismo para cónyuge de ciudadano español.. Pero supuestamente leí que era valida por 2 años.. Me dieron un visado tipo C con entradas múltiples y válido por 6 meses y 90 días de estancia.. ¿por qué me aparece solo 6 meses y no 2 años?. ¿También quisiera saber que papeles necesito al llegar a españa?.. Ya que leí que necesitaba..
En el requisito 1 se supone que voy a vivir esos 3 meses con mi esposa que papeles debería de llevar
Requisito 2 no entiendo
en la parte de acreditación de dinero.. ¿debo de presentar mi dinero?.. ¿O cómo hago?
¿Y los certificados médicos?
Le agradezco de antemano su ayuda.. Espero me puedan apoyar en esto.
Adjunto Requsiitos:
c. Justificación del objeto y las condiciones de la estancia y disponer de medios económicos suficientes para su sostenimiento durante el período de permanencia en España.
- Viajes de carácter turístico o privado. Se podrá exigir la presentación de alguno de los siguientes documentos:
1. Documento justificativo del establecimiento de hospedaje o carta de invitación de un particular, si se hospeda en su domicilio, expedida según lo dispuesto en la Orden PRE/1283/2007, de 10 de mayo, por la que se establecen los términos y requisitos para la expedición de la carta de invitación de particulares a favor de extranjeros que pretendan acceder al territorio nacional por motivos de carácter turístico o privado. En ningún caso, la carta de invitación suplirá la acreditación por el extranjero de los demás requisitos exigidos para la entrada.
2. Confirmación de la reserva de un viaje organizado, con el itinerario.
3. Billete de vuelta o de circuito turístico.
Para la acreditación de los medios económicos, se tendrá en cuenta lo dispuesto en la Orden PRE/1282/2007, de 10 de mayo, sobre medios económicos cuya disposición habrán de acreditar los extranjeros para poder efectuar su entrada en España, que los fija en 62,40 euros por día y por persona, en todo caso, un mínimo de 561,60 euros, por persona.
d. Excepcionalmente, presentación de los certificados médicos exigidos por el Ministerio del Interior, de acuerdo con los Ministerios de Sanidad y Consumo y de Trabajo e Inmigración, o en aplicación de la normativa de la Unión Europea. La exigencia de estos certificados será difundida, en la medida de lo posible, con suficiente antelación.
En el requisito 1 se supone que voy a vivir esos 3 meses con mi esposa que papeles debería de llevar
Requisito 2 no entiendo
en la parte de acreditación de dinero.. ¿debo de presentar mi dinero?.. ¿O cómo hago?
¿Y los certificados médicos?
Le agradezco de antemano su ayuda.. Espero me puedan apoyar en esto.
Adjunto Requsiitos:
c. Justificación del objeto y las condiciones de la estancia y disponer de medios económicos suficientes para su sostenimiento durante el período de permanencia en España.
- Viajes de carácter turístico o privado. Se podrá exigir la presentación de alguno de los siguientes documentos:
1. Documento justificativo del establecimiento de hospedaje o carta de invitación de un particular, si se hospeda en su domicilio, expedida según lo dispuesto en la Orden PRE/1283/2007, de 10 de mayo, por la que se establecen los términos y requisitos para la expedición de la carta de invitación de particulares a favor de extranjeros que pretendan acceder al territorio nacional por motivos de carácter turístico o privado. En ningún caso, la carta de invitación suplirá la acreditación por el extranjero de los demás requisitos exigidos para la entrada.
2. Confirmación de la reserva de un viaje organizado, con el itinerario.
3. Billete de vuelta o de circuito turístico.
Para la acreditación de los medios económicos, se tendrá en cuenta lo dispuesto en la Orden PRE/1282/2007, de 10 de mayo, sobre medios económicos cuya disposición habrán de acreditar los extranjeros para poder efectuar su entrada en España, que los fija en 62,40 euros por día y por persona, en todo caso, un mínimo de 561,60 euros, por persona.
d. Excepcionalmente, presentación de los certificados médicos exigidos por el Ministerio del Interior, de acuerdo con los Ministerios de Sanidad y Consumo y de Trabajo e Inmigración, o en aplicación de la normativa de la Unión Europea. La exigencia de estos certificados será difundida, en la medida de lo posible, con suficiente antelación.
Respuesta de alberteguti
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Yo estoy en un caso similar. Que papeles te pidieron en el consulado para darte la visa de tursmo? - Jose Abel