Excedencia especial de 30 días

También pertenecco al sector telemarketing y estoy disfrutando de una excedencia especial de 30 días que ha comenzado el día 01/09/08 y me reincorporaría el próximo 01/10/08 en este transcurso he encontrado otro empleo en otra empresa que me interesa más y al cual me tendría que incorporar el 15/09/08.
Mi consulta es en relación a la baja en la anterior empresa ya que he consumido las vacaciones de todo el año, si me marcho en teoría les debería esos días al estar de excedencia no me lo pondrían descontar de la nómina, no se si podría incorporarme ya, sin terminar los 30 días de excedencia. Si me pudieras aclarar algo al respecto, más que nada para darles los 15 días pertinentes para la baja y que de ahí descontaran lo referente a las vacaciones.

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Te puedes incorporar ya en el nuevo trabajo. La otra excedencia finalizará y santas pascuas. No cabe descuento por falta de preaviso ya que no le vas a causar ningún perjuicio a la empresa, ya que se supone que tu plaza ya la tienen cubierta. Ahora bien, si en tu convenio dice que tras esas excedencia la reincorporación es automática sin solicitarla entonces deberías comunicarles que no te vas a reincorporar al acabar la excedencia. Pero como seguro que necesita preaviso de reincorporación, con no presentarlo todo arreglado.
Gracias por la aclaración con respecto a la excedencia en principio la reincoporacion es automática . Ademas tengo el problema de las vacaciones de todo el año ya consumidas al solicitar la excedencia especial me indicaron que tenia 2 opciones trabajar los días que les devia o darles un nº de cuenta para descontármelos. No se si pueden hacer eso.
En el finiquito no me lo podrían descontar ya que las pagas están prorrogateadas mensualmente. Si me pudieras aclarar algo al respecto .Muchas gracias de nuevo.
En el convenio el nº de días de preaviso que dice. Si son 15 conque les avises por escrito de tu baja el día 15 de septiembre tienes de sobra. Da lo mismo que esos 15 días sean en período de excedencia. En ningún sitio dice que tengan que ser de trabajo activo. Tú te guardas una copia firmada de la comunicación (si no te la quieren firmar se la mandas por burofax) y verás como no te descuentan nada porque no tendrían derecho a hacerlo. Por supuesto no les des el nº de cuenta.
No entiendo vuestras preocupaciones. Tu ya has cobrado. Vas a dar el preaviso. ¿Qué problema hay? Has cumplido con el convenio. ¿Qué hay un listillo que te pide el nº de cuenta? Pues ni puto caso. Como si te pide el teléfono de tu pareja.

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