Finiquito negativo

En mi empresa tenia que dar un preaviso de 2 meses según mi contrato y el convenio colectivo o sino la empresa tenia el derecho de descontarme cada día de sueldo (no se si en bruto o neto) de falta de preaviso de de la liquidación.
El caso es que avise que me iba el 31 de Agosto, así que avise con 33 días de antelación ya que ninguna empresa pensaba esperarme más y me pareció razonable.
El mes me lo han pagado pero aun me deben 10 días de paga de navidad y 7 días de vacaciones, que junto con los 27 días de falta de preaviso serian 10 días en mi contra.
¿Ahora cuándo he llamado para firmar el finiquito me dicen que les debo primero 1000? Por esa diferencia así que les digo que no puede ser, ¿qué esta mal y luego me dicen que 800? ¿Y esta mañana me mandan una especie de nomina agosto corregida para que deba 635? ¿Y el otra hoja que parece el finiquito a 0?! .
Y mis preguntas son:
-¿Debo de pagarles yo a ellos por que el finiquito salga negativo?. No debería cobrar el mes que he trabajado y quedarme sin finiquito, ¿en lugar de devolverles dinero?
-En caso de verme en la obligación de pagar. Cada día de falta de preaviso lo he de pagar en bruto o en neto (lo que yo realmente percibo al mes/30?

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Algunos convenios autorizan a la empresa a descontar un día de salario por cada día de falta de preaviso. Por tanto, ese descuento sólo se puede hacer si lo autoriza el convenio. Por otro lado, aunque lo autorice, el Estatuto de los Trabajadores prohíbe las multas económicas, por tanto el descuento sólo se puede hacer de los días que le deban de vacaciones, nunca del salario de los días efectivamente trabajados. Pero además, el descuento sólo lo pueden hacer si la falta de preaviso les ha producido un perjuicio económico real. Por supuesto es la empresa quien tiene que demostrar que hubo perjuicio y no el trabajador quien tiene que demostrar que no lo hubo. Por tanto, en caso de descuento, yo pondría una reclamación de cantidad y en el juicio pediría que la empresa aportara:
1- Altas y bajas, para que prueben que el puesto ha estado sin cubrir todos los días que pretenden descontar.
2- Ofertas de empleo cursadas al INEM, anuncios insertados en prensa, es decir, que demuestren que han intentado cubrir el puesto y no han podido.
3- Testigos que declaren que las funciones del puesto no las ha hecho otro empleado.
4- Pruebas documentales de que al estar el puesto sin cubrir ha habido un perjuicio económico igual o superior a la cantidad que se pretende descontar.
Es decir que ellos deben demostrar el perjuicio, no tú demostrar la falta de perjuicio. Simplemente conque tus funciones las hiciera alguien ya no perjuicio ninguno. Todo eso si el convenio autoriza el descuento. Por tanto de momento considera que no les debes nada y ellos a ti sí (10 días de navidad y 7 de vacaciones). Entonces tienes dos posibilidades: poner la reclamación de cantidad sobre los días que te deben. En el juicio entonces la empresa podrá alegar lo del descuento. Si el juez considerara correcto el descuento entonces, como tu has demandado 17 días, sentenciará que no tienes derecho a cobrarlo, pero nunca podrá sentencias que tú a ellos les debes 10 días, ya que no es ese el asunto de la demanda. Para que la empresa cobre los días de descuento te tienen que demandar a ti, una reclamación de cantidad también. La otra posibilidad es simplemente no hacer nada. Si la empresa te demanda los 27 días entonces te opones y tanto si ganas como si pierdes posteriormente podrías ponerles tú a ellos la demanda por los 17 días.
Por supuesto tanto para lo que te deben a ti como tu a ellos es en bruto.
En todas esas demandas te puedes representar a ti mismo o pedir abogado de oficio gratuito.
Muchas gracias por la respuesta, ha sido rápida y muy muy instructiva. Solo me quedan dos dudas:
En caso de que me reclamen 27 días y pierda, ¿tendría qué pagarles esos 10 días?.
¿Dónde debo de ir para reclamar?. ¿Debería de hablar con el sindicato antes?.
Muchas gracias por todo, me ha sido de mucha ayuda
Si te reclaman 27 días el juez dirá si tienes que pagarle 27, 24, 17, 10, 5 o ninguno. Depende de muchas cosas. Pero sí que podría obligarte a pagar 27.
Para poner una reclamación de cantidad se inicia en el SEMAC. Pero por supuesto consulta primero con un abogado del sindicato. Ojo, con un abogado, no con el primero que te encuentres en un despacho.
Muchísimas gracias, tus respuestas me han sido muy útiles. Iré a ver a un abogado del sindicato y seguramente reclamare.
Un saludo

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